mi padre fallecio sin testar.mi madre vive,hay 3 propiedades.hicimos la declaracion de herederos pero mi hermana y mi madre no quisieron ir a firmar por lo cual nada esta hecho.bien.este verano me fui a una de las casas de mis padres de la playa y sali corriendo por que mi hermana y su marido casi nos matan por que dice que es su casa y mi madre callada,mi pregunta es puedo disfrutar de esa propiedad y las otras 2 sin que me pase nada?tengo el mismo derecho que ella? por cierto las 3 propiedades solo estan a nombre de mis padres.puedo yo firmar esa declaracion de herederos y hacer uso de lo que me corresponde?gracias un saludo.
No, debe acudir a un procedimiento judicial. En él, se liquidarán los gananciales teniendo su madre la plena propiedad del 50% de la herencia (siempre que no existan bienes privativos) y el usufructo que legalmente le corresponde sobre el tercio de mejora del restante 50%. Así, los herederos podrán adjudicarse los bienes que les correspondan.
Los bienes aún no están adjudicados a los herederos, así que técnicamente no puede utilizarlos a la fuerza. Debe autorizarlo un juez.
En cualquier caso, consulte con un abogado. Un saludo.
Me gustaria saber si cuando los padres hacen testamento en el cual expresan que lo que tienen si muere uno pasa al otro conyuge todo si los herederos en este caso los hijos podrian solicitar la legitima aunque exista este testamento gracias
Habrá que ver cómo está redactado el testamento y cuál es el derecho aplicable (derecho común o foral). Puede que lo que le haya dejado a la otra parte es el usufructo vitalicio del total de la herencia, en cuyo caso es perfectamente válido y los herederos o pasan por ello o si solicitan la entrega de su parte, el tercio de libre disposición pasará directamente al otro cónyuge pero además, si ambos herederos hacen la solicitud de común acuerdo, se repartirán los otros dos tercios de la herencia, pero si sólo lo pide uno de ellos, se quedará sólo la parte que le corresponda de un tercio de la herencia (legítima corta o estricta) pasando el tercio de mejora al heredero que no haya impugnado la decisión del testador.
Lo mejor es que consulte con un abogado de su localidad con el testamento.
Un saludo.