Supuesto: A fallece sin testamento, uno de sus hijos B está también fallecido y no tiene hijos que hereden por representación, B ha otorgado testamento.
¿A quién se declara heredero? ¿A la herencia yacente de B?
Pues buscando he visto una Sentencia en la que se dice que se puede declarar heredero a una persona fallecida ya que la declaración, aunque se haga a fecha presente, se refiere a quien era heredero a la fecha de fallecimiento del causante ...
Entonces entiendo que una vez obtenida la declaración de herederos para proceder a la partición de la herencia tendría que citar a los herederos del "heredero fallecido". ¿alguien puede confirmarme este dato?