Por qué para poder cancelar la cuenta de un titular fallecido le piden a los autorizados de dicha cta. Presentar declaracion de herederos? .hemos presentado el certificado de defuncion y el testamento del fallecido pero al parecer no es sufiente.
Porque entre otras razones, esos bienes forman parte de lo que se llama "herencia yacente", donde todavía no hay un nombramiento de herederos, ni una adjudicación de bienes, ni nada de nada. Por ello, no pueden entregarla más que a sus legítimos propietarios. Imaginese que son 3 hermanos y que hay varios bienes, un piso de 2.000.000, una casa de 2.000.000 y una cuenta bancaria con un saldo de 30.000.000. Ahora imaginese que uno de esos hermanos, va con el certificado de defunción y el testamento, y saca los 30.000.000 por su cuenta, y los gasta no teniendo nada con qué responder frente a los otros 2 que tienen derecho sobre esos 30.000.000. ¿No cree Vd. que además de caótico, habría muertos por ver quién saca antes el dinero perjudicando los derechos de los restantes?