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Declaración de Herederos

14 Comentarios
 
Declaración de herederos
18/01/2014 17:14
Hola.
En el testamento, el testatario (el marido fallecido) nombra heredera universal de todos sus bienes a su esposa. En la Declaración de Herederos, ésta renuncia a este legado, así como a todos sus bienes particulares añadiéndolos a los de la herencia, en favor de sus hijos. Todos esos bienes (los del marido y los propios de la mujer) se distribuyen equitativamente entre los hijos (cuatro). ¿En una Declaración de Herederos se pueden incluir bienes ajenos a la naturaleza propia de la herencia?. Si fuera así, ¿Podrían considerarse los bienes de la esposa, repartidos entre los hijos junto a los bienes de la herencia, como una donación al marido fallecido, puesto que se están distribuyendo como parte de la herencia del mismo?, y si esto fuera así y teniendo en cuenta que para que exista donación hace falta que alguien la acepte y en este caso sería el marido fallecido, que por tanto no pudo haberla aceptado por estar muerto en ese momento, ¿Podría impugnarse esa Declaración de Herederos?. (disculpad este pequeño enredo).

Gracias.
Un cordial saludo.
18/01/2014 18:22
Veo difícil hacer una donación a un fallecido, salvo que se trate de Lázaro.
18/01/2014 20:21
Creo que es necesario llamar a los cosas por su nombre.
En primer lugar en una declaración de herederos, no se puede incluir bienes. La declaración de herederos ab intestado es el documento en el que se determina quien es el heredero de la persona fallecida determinado por ley, como consecuencia de la no existencia de testamento. A lo que usted quiere referirse es a la escritura de aceptación de herencia.
En cuanto a lo de la donación, olvidese.
18/01/2014 22:35
Tienes razón, navarroiuris (mi ignorancia es supina en este campo).

En cuanto al documento de aceptación de la herencia (olvidándome de lo de la donación), ¿Sería legal incluir otros bienes ajenos a los de la herencia?
19/01/2014 09:56
Puede ser legal en la mediida en que, en la misma escritura, se incluyan varios actos diferentes y siempre y cuando dichos actos, a su vez, sean legales. Lo cual no sucede si se pretende hacer una donación a un fallecido.
19/01/2014 11:55
Pues 'necesitaba' que no lo fuera, sobre todo por la consecuencias: La hija pretende echar a su madre (una anciana enferma y con problemas de mobilidad) a la calle para vender la casa.

Gracias.



19/01/2014 15:18
¿Pero la madre (viuda del fallecido) ha firmado alguna escritura ante notario?
Si no lo ha hecho, basta con decirle que no firme nada.
19/01/2014 15:28
En la escritura de herencia de su marido, renunció a sus bienes en nombre de sus hijos, que se repartieron junto con los de la herencia. Lo más cruel de caso es que lo hizo para que sus hijos no tuvieran problemas cuando ella falleciera (pensaba que se iba a morir en breve por como había quedado después de la enfermedad del marido), y mira por donde...
19/01/2014 19:35
En esos casos es siempre recomendable conservar el usufructo.
19/01/2014 20:51
Ya, pero esta mujer no lo sabía y el notario no le advirtió de los riesgos.
19/01/2014 21:10
Pues lo único que se me ocurre es leer con detenimiento la escritura para verificar si realmente hubo un acto de donación expreso o hay algún vicio que pueda invalidar la misma.
Si la escritura tiene algún vicio también es muy probable que el Registrador la rechace, aunque también es posible que la hija no la presente en el Registro ante el temor de que eso suceda.
En resumen, mientras en el Registro siga figurando el fallecido, la madre no debería moverse y mientras tanto yo recomendaría hacer las averiguaciones indicadas en el primer párrafo.
19/01/2014 21:40
CAPÍTULO III - DE LOS EFECTOS Y LIMITACIÓN DE LAS DONACIONES
Artículo 634 .- La donación podrá comprender todos los bienes presentes del donante, o parte de ellos, con tal que éste se reserve, en plena propiedad o en usufructo, lo necesario para vivir en un estado correspondiente a sus circunstancias.
22/01/2014 12:48
Os pido disculpas por no haber respondido antes.

Juan S, en Registro sigue apareciendo la casa a nombre de la la madre. Buscaremos en la escritura la posibilidad de algún vicio en la transmisión de sus bienes.

1996, si se entendiese como una donación esa transmisión de bienes a los hijos, y no se hubiese indicado expresamente esa reserva, como en este caso sería la casa donde vivir, ¿se entendería que esa reserva está presente?.

23/01/2014 09:41
Hay algo que no veo claro:
"Renuncia al legado asi como a todos sus bienes particulares añadiéndolos a los de la herencia"
entiendo que puede renunciar a su parte de la herencia en favor de los hijos, pero añadir los suyos a la herencia??? como van a heredar sus bienes si ella esta viva??
24/01/2014 10:59
Hathor, precisamente esa es la parte que, desde mi ignorancia, veo más factible de 'vicio'. En la escritura, tras la renuncia de la herencia y de todos sus bienes, el notario dice que 'tras las renuncias y la disolución de la sociedad conyugal por óbito del marido'... y pasa a la distribución de los bienes constitutivos de la herencia, donde se incluye todo.