Buenas tardes,
Quisiera realizar la siguiente consulta.
Este mes ha fallecido mi padre, sin dejar testamento.
Vamos a proceder a realizar la declaracion de herederos ante notario. Las personas implicadas son cuatro hijos en vida, uno fallecido y la viuda que es mi madre.
Existe un piso a nombre de mis padres y un terreno rustico.
Nosotros queremos que todo pase a nuestra madre hasta su fallecimiento.
Tras la declaracion de herederos tenemos que hacer alguna escritura o algo?? Es que como menciono ambas propiedades ya están en parte a nombre de mi madre.
Gracias.
Saludos.
En primer lugar habría que conocer la localidad a la que se refiere su consulta, para saber si es o no de aplicación el derecho común.
Aclarada esa cuestión, convendría saber si lo que quieren hacer es renunciar o simplemente dejar las cosas tal cono están. Es decir, su madre seguiría siendo propietaria de su mitad de gananciales ( entiendo que ese era el régimen de su matrimonio por lo que indica usted en su mensaje) y el resto permanecería sin adjudicar.
No obstante, tendrían que realizar la liquidación del impuesto sobre sucesiones en el plazo de seis meses a contar desde el fallecimiento.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
Mottayl.abogados@gmail.com
En tal caso, la opción más económica pero a la vez correcta es la liquidación de los impuestos (sucesiones y plusvalía municipal); siempre y cuando todos los hermanos y su madre estén conformes con no realizar ahora ninguna adjudicación de bienes.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
mottayl.abogados@gmail.com