Hola a todos. Os planteo el siguiente supuesto haber si alguien pudiese echarme una mano:
- Un matrimonio es propietario y reside desde hace más de 20 años en una casa, la cuál no está escriturada, ni conservan contrato privado de compraventa.
-La madre fallece, siendo el régimen económico matrimonial de gananciales.
-El padre pretende dejar la casa (única herencia) a uno de los hijos, escriturándola a su nombre.
-Algunos de los hijos (no todos) quieren que se reconozca la titularidad de la casa y su parte de la misma.
¿Qué procedimiento han de seguir?. ¿Habrían de hacer primero la declaración de herederos o el expediente de dominio?. ¿Es necesario para la declaración de herederos la conformidad de todos ellos?. ¿Sería lo más adecuado expediente de dominio o acta de notoriedad?.