El caso es el siguiente.Ciudadano francés residente en España y con bienes en España. Fallece en España en estado de casado. La viuda inicia los trámites, fallece sin hacer testamento. Las propiedades pertenecen al 50% al matrimonio.
Se realiza declaración de herederos, con una unica hija. No se realiza ningún tramite más, pues la viuda enferma y se marcha a Francia.
Transcurren bastantes años y ahora parece ser que el señor se habia casado en otras dos ocasiones con hijos habidos en estos dos matrimonios anteriores, y se descubre que hay una testación del señor hecha en Francia en la cual se manifiesta todos los hijos que tiene.
Ahora la viuda ha vuelto a España y quiere vender la vivienda pero no puede hacerlo pues no está resuelta la herencia del marido.
Las preguntas son:
1º.- Como puede modificarse la declaraciónd de herederos hecha en España para incluir a todos los hijos?, se puede declarar nula la misma?
2ª.- Es válida esta atestación hecha en Francia a los efectos de la declaración de los herederos del fallecido? Seria suficiente con que la misma se traduzca y apostille para poder realizar la Herencia en España.