firme un contrato de arrendamiento en febrero de ester año y el dueño me carga el ibi ahora que asciende a 126 euros en el contrato pone que tengo que pagar el ibi pero no la cantidad exacta me puedo negar a pagarlo? si lo pago quien se queda con ese recibo? me lo puedo deducir?
Si usted aceptó la cláusula en la que asumía el pago del IBI, debe pagarlo. Ante la Administración, el responsable siempre es el propietario, y es él quien debe quedarse el recibo.
En cuanto a que se lo pueda deducir, tengo dudas y no quiero afirmar nada erroneo, sería conveniente que plantease el tema en el foro de tributario.
No indicas si se trata de un local o una vivienda.
Si se trata de un local (se entiende que afecto a una actividad), el arrendador ha de reflejar en la factura correspondiente a este mes no sólo el importe que de acuerdo al contrato corresponde a "renta", sino ADEMAS el importe del recibo del IBI (e incluso otros que contractualmente correspondieran).
Y sobre la suma de todos esos conceptos se ha de calcular no sólo el IVA, sino también la retención a efectos del IRPF.
Y la suma de todos esos importes que constituyen la base imponible a efectos del IVA, son gasto deducible (en el caso, repito, que se trate de un local afecto a una actividad).