Me da 30.000 euros para comprar un piso primera vivienda que será vivienda habitual. ¿Debo declararlo a Hacienda? ¿Puede hacer transferencia o hay que ir a un notario?
Esa operación es una donación y está obligado a declararla.
Si quiere aprovechar los beneficios fiscales deberá hacerla mediante escritura pública ante notario.
Otra forma es declararlo a la agencia tributaria como prestamo sin interes, en Andalucia no tiene gravamen fiscal y se hace con documento privado y se declara a la comunidad autonoma.
Incorrecto, Se cae al 0 de interes y a la muerte del donante en el formulario 660 impuesto donaciones y sucesiones se declara y se compoensa como una donacion en vida con el resto de herederos. El plazo de devolución se puede poner a 20 años,
El día 15 dijiste hacerlo como un préstamo sin intereses, y te dijimos que era incorrecto, pues dar dinero es donar. Ahora dices que se compensa como una donación en vida. Eso es imposible.
Por otra parte, hay que esperar a que muera el donante, no parece una solución acertada, y menos si este es joven y con buena salud.
Y en cuanto a préstamo de 30.000 euros a 20 años, es probable que no sea admitido, por no ser creíble.