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de nuevo, herencia

1 Comentarios
 
De nuevo, herencia
21/07/2010 11:16
mi marido, junto con sus 2 hermanos, son herederos de un piso pequeño, por parte de su madre.pero ésta no cumplió con la obligación de pagarles a sus hermanos (tíos de mi marido) la legítima estricta, pues su madre (abuela de mi marido)solo tenia ese piso, y se lo dejó a ella por asistencia, en testamento, con la obligación de pagarles a los hermanos lo correspondiente.hay otro problema, la abuela era portuguesa. falleció hace 18 años, y me han informado que en españa prescribe esta obligación a los 15, si nadie reclama su parte. es lo mismo en portugal?.el piso está en españa, mi suegra no hizo testamento, de hecho tuve que pedir una declaración de herederos.
por último, los hermanos de mi suegra son todos españoles, así como mi suegra. la única de portugal era la abuela, y el piso lo compró ella ya viuda.
21/07/2010 11:36
Si no me equivoco, el plazo de prescripción para reclamar una herencia es el de las acciones reales, o sea, 30 años.
Pero el de partición de la herencia es imprescriptible, y creo que este es uno de esos casos.