Mi hijo mayor tiene casi 13 años y.. debe ser que me ha salido pavo (pero de corral xD).
Es decir, yo le acabé dando un móvil este mismo año a raíz del accidente de coche que tuvo y.. ni se acuerda de cargarlo ni mirarlo ni nada.
Este año les dejan llevarlo al instituto y él suele volver con amigos que viven cerca todos juntos.
Como es normal algún día se entretienen y ahí estoy yo llamando cuando veo que se retrasa 10 minutos de la hora (sí, vale, me paso a veces controlando). ¿Qué sucede? Pues que como en el instituto lo tiene sin sonido.., sale de clase y no se lo pone; le llamo yo y.. como si nada porque al no tener sonido, pues eso. jajaja
Por mi parte mira que intento enseñarle responsabilidad pero años con este tema con su padre y no hay manera. Yo le enseño unas cosas, su padre le deja hacer lo que quiere y es el descontrol total.
Yo suelo decir: Lo que se desbarajusta en X días luego me toca recomponerlo.
Y me joroba porque he intentado muuuuuuuchas veces hablar con su padre de todo: deberes, exámenes, horarios, responsabilidad y su padre sólo ha llegado a decir: No sé hablar con él.
Hija, Nazka, que su padre es mayorcito tb.. , que ha tenido todas las facilidades del mundo, que siempre le cuento todo.. ¿y no sabe hablar con él? ¿ésa es la respuesta? ale, macho, cómprate un loro que acabamos antes.
En cambio mi hija tiene 9 años y sí, ella es muuuuuuucho más responsable. Vamos, ni color con su hermano pero.. ¿9 años? ¿Eso es edad para que tenga móvil? Yo no lo creo, lo siento.
Sigo pensando que es mucho más fácil que ambos progenitores supieran el número fijo del otro (si lo tienen, claro; que no todo el mundo tiene con tanto adsl móvil) y los nenes puedan llamar.
¿Dónde está la complicación ahí?
Lo de que se lo gaste quien no debe.. bueno, ésa es otra.. pero eso es fácil de controlar Nazka. Hasta las tarjetas prepago tienen acceso vía web a la zona de clientes y se pueden ver las llamadas.
¿Que hay llamadas 'raras'? Se corta el grifo y eso te puede pasar un mes pero más.. no.
A ver. Primero quisiera decir que existen en el mercado teléfonos móviles específicos para niños. Casi indestructibles, con botones enormes, sin juegos, de colores llamativos, botones enormes y botones con accesos directos donde pone PAPA o MAMA. Algunos incluyen localizador GPS etc. Parecidos modelos los hay para gente muy mayor, enfermos de Alzeimer, etc...
No voy a entrar a valorar si un niño o a que edad debería usarlo.
Respecto a los convenios estándar o "receta" para mi lo preocupante es que se obvian demasiadas cosas, se dejan a la "buena fe" de los litigantes muchas decisiones. En definitiva, se especifica muy poco factores muy importantes.
Primer ejemplo; Como, donde y cuando deben efectuarse las recogidas y entregas del menor. La parte custodia debe proporcionar a la otra parte todo lo necesario para cubrir las necesidades sanitarias del menor? Medicación, pañales, cremas, ropa, cochecito? (he escuchado casos en que la parte custodia entregaba a la otra parte al bebe, desnudo, envuelto en una sabana. Que haces en una visita de tres horas en esa situación?)
Se pueden incluir en convenio la obligación a las dos partes a estar localizables en caso de emergencia?
Todo esto me preocupa y quisiera incluirlo en convenio. Y alguna cosa mas, seguro que desconozco. Mi hijo tiene 5 meses y no tengo ni idea (pero la tendré) cuando mi hijo este en edad escolar.
El caso es que hay que hilar muy fino y preveer cosas que ahora se me antojan imprevisibles.
Sr. Paul, si no le es mucha molestia si que me gustaría leer su convenio. Borre Ud. las partes que son MUY especificas de su situación y los datos personales. Creo que me serán realmente de gran utilidad. Por supuesto que solo es para uso personal.
El menor XXX durante el período correspondiente a los meses de julio y agosto, a los que se unirán los días no lectivos asociados de finales de junio y de septiembre, pasará la mitad de dichos períodos con cada progenitor a convenir con la suficiente antelación, mínimo 45 días antes del inicio del primer período. En caso de desacuerdo, la madre elegirá los años pares y el padre los impares. Si no se cumpliera con dicha comunicación, por parte del progenitor al que le tocara elegir, en el plazo indicado, será el otro progenitor quien elija el período”
Bien, aquí pretendo eliminar dos problemas habituales, uno, quien elige período, dos, el típico caso de que a quien le toque elegir se haga el longuis, no lo comunique en un tiempo razonable o ni lo comunique. Hay un tiempo prefijado, a mí me valen esos 45 días, otros pueden requerir otros plazos en función de sus circunstancias. Si no se cumple el otro progenitor tiene derecho inmediato a elegir sí o sí. Nótese como introduje que las vacaciones de verano no las constituyen los meses de julio y agosto sino que se extienden a los períodos no lectivos de junio y septiembre, gané días. No hay nada a nivel legal que lo impida.
Quizás les resulte curioso que se mencione sólo a un menor. Esto tiene una explicación. Debido a una serie de problemas redacté:
“..2.- Respecto a la hija menor XXX, debido a la edad que tiene actualmente, 15 años, se atenderá a la opinión que manifieste ante el juez, pudiendo elegir la forma y tiempo en que desee relacionarse con el padre, en las condiciones presentes (Tengo cinco regímenes de estancia) o en cualesquiera otras circunstancias..”
Oigan, divina pomada, en mi caso, ahora resulta que mi hija, al verse con capacidad de decisión no circunscrita a unos períodos rígidos establecidos en un convenio, que entiendo entorpecían sus relaciones sociales de fines de semana, viene de motu propio más que nunca, a su aire, no es decir, hay una sentencia y se cumple sí o sí, por narices, es transferir el poder de decisión al propio hijo, que no tiene ya una edad en la cual no puede decidir, con 15 años, hoy en día 16, ya puede decir y mucho. Lleva la vida social propia de su edad, que no viene un sábado por la tarde, es obvio, pero me cae por la mañana, o muchos días entre semana, al mismo tiempo siempre satisface su necesidad de relacionarse conmigo, y ahí está, tirando p'alante, como todos. Afortunadamente me di cuenta que el problema, en el caso de mi hija, era la existencia de un convenio. Que cada quién y cada cual saque sus propias conclusiones, también hay vida y justicia detrás de un convenio.
Me parece una escelente idea la tuya pulpopaul de colocar trozos de tu convenio, ojalá ubiera conocido este foro mucho antes y todo esto no me estaria pasando, mi convenio es de 3 o 4 paginas con la letra grancdicimas como dices y estoi muy intrankila con lo que pueda pasar en el futuro ya que mi hijo solo tiene 2 añitos.
Desdeluego voi a esperar la contestación del recurso y del error ese que ubo y pienso presentar una modificacion de medidas con todos los detalles posibles, probaré suerte haver.
Muchas gracias !
Me quedo con la frase. "También hay vida y justicia detrás de un convenio".
Lamentablemente nos tenemos que andar así....dejandolo todo bien clarito y por escrito. Porque con los niños no se juega, ni se usan como arma para dañar a tu expareja. Así debiera ser en un mundo cuerdo.
Cuando empece con esto, hace cuatro meses, PulpoPaul también me dió un consejo." Lea, aprenda, muevase, en el conocimiento esta el poder." y este ha sido como un Mantra para mi.
Desde el punto de no tener ni idea a llegar un día a mi abogada y sugerirle, puntualizarle o incluso exigirle algunos puntos.
Pueden ser buenos o malos abogados, pero lo que es seguro es que no aman a nuestros hijos. Y nadie se va a mover mejor y con mayor esfuerzo que uno mismo.
El error es sentarse a esperar que nuestro abogado se encargue de todo.
Muchas gracias PulpoPaul. Muchas gracias, ademas, a todos los del foro.
Discúlpeme pero creo que el error no radica en esperar sólo del abogado, que tb.
El error, según veo yo, radica en pensar que la otra parte va a actuar de buena fe, al margen de sentencia/convenio, pensando y primando ese hijo/hija o los que sean.
Una cosa es que uno se espere que, como adulto, el otro le puede hacer X, Y o Z al cubo.
Lo que me resulta de pleno impensable es que haya quien usa a los niños para tal fín (hacer daño).
Y sí, lo siento, seguiré diciendo que me resulta impensable pese a llevar muchos años en la brecha porque para mí no tiene explicación ni sentido por mucho daño que a la otra parte, adulta, se le quiera hacer.
Lo que le dijo Pulpo es cierto. De hecho hay otra frase que reza 'si quieres algo bien hecho, hazlo tú mismo', válido para esas sugerencias a los letrados.
Pero, Mcklaun, no todo el mundo entiende lo que se puede o no hacer ni aún leyéndose el CC.
Es decir, partimos de una buena fe, nos dicen qué puede ser y que no y poco más. ¿Por qué va a dudar alguien de un abogado que se supone está para velar por los intereses de un menor?
De acuerdo, soy una ingenua por pensar así pero tampoco lo entiendo porque no ganan nada haciéndolo mal. (o ganan lo mismo que haciéndolo bien)
¿Es más rápido hacerlo mal? Hombre, pues.. según se quiera ver, creo yo.
Pulpo,
Muy acertado el punto sobre tener en cuenta a su hija.
Justamente a eso me llevo refiriendo yo desde el origen de los tiempos. Los niños crecen y tienen voluntades propias, gustos, amigos, etc..
Ahora bien, fíjese ud en la diferencia entre su convenio y las cuestiones que tanto se plantean aquí, por ej: ¿si mi hijo no quiere ir por qué tiene que ir? O quien incumple alegando que no 'lo lleva' porque el menor no se quiere ir.
Todos sabemos de sobra que muchas de esas personas no 'entregan' a los niños para jo der a la otra parte pero creo que tb se nos olvidan todos esos niños que se ven forzados a acostumbrarse a unos horarios (sea la custodia del tipo de que sea, compartida o monoparental) y que no pueden realizar según qué cosas.
No sé vuestros hijos. El mío está, literalmente, hasta las pelotas de no poder quedar con amigos porque se tiene que ir o no poder apuntarse a algo porque su padre no entienda que es el propio crío el que quiere hacerlo, no la madre la que dice nada.
Hace dos años, como ejemplo, había una salida de fin de semana escolar. Mi hijo llevaba ya dos años sin poder ir porque siempre coincidía cuando se tenía que ir. Bueno, pues.. me vais a perdonar pero metí baza. Era la primera vez que lo hacía y no me puedo sentir mal porque decirle a su padre que hiciera el favor de cambiar el finde y entender que el niño era el tercer año que quería ir a esa salida de finde y no podía por tener que seguir un convenio por pelotas.
¿Lo cambio? Sí, claro. A ver quien es, como dijo Pulpo, el guapo o guapa que tiene argumentos en contra delante de un juez para negar una salida a la que llevaba 2 años sin poder ir.
Lo que creo yo que no se termina de entender con ejemplos como el que pongo, es que aquí nadie quería quitarle nada a su padre. Yo no tenía culpa de que esa salida siempre coincidiera en finde que se tenía que ir con él el crío puesto que eso lo organizaba el Ampa y yo ahí ni pincho ni corto.
Igualmente tampoco ganaba yo nada porque mi hijo tampoco iba a estar conmigo.
Eso sí, me costó la biblia en verso hacerle entender a su padre el tema, hasta el punto que al ser fin de semana tenía un costo X, elevado a mi modo de ver.
Su padre vino el día que había que apuntarlo y no dijo ni palabra. Ni preguntó ni se interesó en saber donde iba o qué iban a hacer (deportes acuáticos, mayormente). Pagué yo; de eso tampoco hizo mención.
Me vais a perdonar.. ¿resulta raro que piense que vino simplemente para comprobar que lo apuntaba? Venga, por favor.
Se dice que no ofende quien quiere sino quien puede. Bueno, pues poner en duda cosas así.. me ofende y bastante y que al final todo se reduzca a lo que queda escrito en unos papeles.. me ofende bastante más.
Como si los hijos fueran sólo lo que pone en unos papeles. Será muy práctico pero a la vez es bochornoso.
Leyendo los comentarios que lleváis, me parece que como en toda "cláusula de condiciones" -que es lo que me parecen los convenios, salvando las distancias- evidentemente cuanto más se aclaren cuestiones mejor.
Eso es válido para todo tipo de "condicionados", y por eso existen decretos que regulan leyes y reglamentos que regulan decretos, e incluso reglamentos orgánicos que vienen a poner aún más matices a los últimos.
Vamos, que me parece algo no sólo útil si no muy necesario, sobre todo si los progenitores no se llevan bien.
Pero bueno, como no suelo intervenir si estoy de acuerdo en todo (para las palmaditas siempre hay tiempo :o) ), comentaré un par de cosas que me saltan así al pronto.
En primer lugar, pese a la idoneidad de poner los puntos sobre las íes a todas las situaciones que se os ocurran, además por las dos partes imagino, me da la impresión, y ojalá me equivoque, de que muchos jueces iban a pasar un kilo de la redacción...
Es una impresión, desde mi inexperiencia, pero si alguien prueba a pedir con detalle cosas así... y le dan calabazas... me gustaría saber qué dijo el juez para recortarlo. O lo mismo ni dijo, que los hay que cualquiera les chista...
Por otro lado, por mi experiencia -sobre todo administrativa- las normas sirven para ponernos de acuerdo y saber qué reglas del juego debemos acatar, cuando la gente es sensata... pero hay muchas veces en que no lo son, y por mucho reglamento detallado que exista se la saltan, utilizando el "rodillo" ya sea de mayorías o en este caos podrían ser custodias, para forzar un pleito que en muchos casos es contraproducente y lo saben.
Bueno, eso en cuanto a mis impresiones, que no desvirtúan en absoluto la idoneidad, como dije, de poner todos los detalles posibles a un convenio y, además, que no se trata de inventar la rueda, si no de pulirla para que ruede mejor adaptándola a cada caso.
Lo último que quería comentar es mi extrañeza por lo de ampliar los canales de comunicación además del domicilio y el correo ordinario... que no me extraña que tuviera oposición de la parte letrada. Más que nada porque esos medios son los habituales no por nada, si no porque son los fehacientes.
Si mandamos un sms, por ejemplo, no podemos saber, no sólo a quién se lo hemos enviado, si no quién lo recibirá. Y lo mismo pasa con correos electrónicos, etc.
Por eso me parece un punto que, si los progenitores se llevan bien, no es en absoluto necesario, y si se llevan mal, no sirve de nada.
Los canales de comunicación son los que son, como pruebas ineludibles, salvo que se actúe de buena fe, en cuyo caso sobran normas.
Netsirena2, creo que es lo sensato. Los hijos cambian, tienen una serie de necesidades, entre ellas mantener unas relaciones sociales normales, aunque uno no este de acuerdo con algunos usos y costumbres, ejemplo, el botellón, sospecho que me voy a tener que enfrentar a él, de momento parece que no.
Está claro que cuando un menor alcanza cierta edad es hora de modificar algunas cuestiones en relación con los períodos de estancia con cada progenitor. No sacrificarlos pero si compaginarlos. Creo que es contraproducente hacer que un menor esté contigo sí o sí, porque lo dice un convenio, no lo digo en relación a un menor de 7 años, lo digo de uno de 14 para arriba. Vamos, que decir anda niño tú, con 17 años, me cumples el convenio porque lo manda un juez, es un absurdo total. El arte está, en saber adaptarse a esa realidad, con inteligencia, que para eso la tenemos y nadie dijo que ser padre o madre sea fácil, al contrario, es cosa de locos.
También es cierto que todos estos problemas se derivan de la conflictividad entre progenitores, más que de la conflictividad propia de los hijos, que la hay, retroalimentada por aquella en parte. Y, ojo, para que exista conflictividad entre progenitores basta que uno de ellos la venga a liar. Por eso, a nivel legal, a la hora de determinar quien ejerce la custodia, cuando esta es el asunto a dirimir, un juez habrá de tener en cuenta quien de los dos progenitores es el pendejo, quien la está liando.
Vthor, son ciertas ambas cuestiones, es necesario, imprescindible, matizar, recoger muchos aspectos en un convenio. Se evitan muchísimos problemas a posteriori. También es cierto que ni hay convenios perfectos ni la paz está garantizada si uno sólo de los progenitores la quiere liar. Pero poniendo los puntos sobre la íes en el convenio se evitan muchos problemas, no todos, pero sí muchos. Con mi convenio tendré algunos problemas pero sólo por lo que resulta de beneficioso para una de las partes, nuestros hijos, y lo que me voy a ahorrar en demandas civiles ya amerita el esfuerzo de su redacción.
En el tema de comunicaciones pasa lo mismo, cuanto más quede clara la idea, mejor. Y los tiros no van tanto en el sentido de qué canales de comunicación son prueba judicial y cuales no. Habría que hablar mucho al respecto. La idea es que la comunicación entre los hijos y ambos progenitores debe quedar garantizada en cualquier circunstancia. Esto es un derecho de los hijos y de ambos progenitores. Facilitarla con todos los medios posibles existentes, móvil, email, videoconferencia, messenger, correo ordinario, domicilio de los menores, es casi una obligación. Si los medios están ahí, no es lógico que se impida la comunicación. Habiendo medios el obstruccionismo es patente, el que uno de los progenitores no tenga internet, por ejemplo, por las razones que sean, no permitirá ciertas formas de comunicación, pero teniéndolo, quien puede negar esa comunicación. Máxime cuando puede que uno de los progenitores se ofrezca a proveer de esos medios por su cuenta y riesgo.
Lauramaco89, gracias por permitirme que en su hilo exponga estas cuestiones, y, de verdad, espero que pueda corregir errores, pues los principales beneficiarios son los hijos. Yo, si quisiera, mando postales desde Tombuctú, la ciudad de los 333 santos, como doble el número lo lleva claro, a los tribunales españoles ahora y antes con dejar en el país donde nacieron mis hijos y abandonar a los mismos y a mi ex, ella se lo merecía, nuestros hijos no, estaría en este país riéndome de muchas cuestiones, pero como uno, aparte padre, no es sinvergüenza, pues eso, a tirar millas con lo que hay.
Pues continuo con lo prometido. Otro párrafo, relacionado con los períodos de estancia.
“Vacaciones escolares por carnavales y fiestas del pueblo donde residen los menores:
Se repartirán por mitades entre ambos progenitores. En caso de desacuerdo entre los padres, cada progenitor tendrá prioridad de elección un año, correspondiendo elegir a la madre los años pares y al padre los impares. Se comunicará la elección de período con una antelación de un mes antes del inicio del primer período. Si no se cumpliera con dicha comunicación, por parte del progenitor al cual le tocara elegir, será el otro progenitor quien elija período.”
Y vamos rascando días y dejando claro quien elige. Si no lo pones te quedas sin ellos. En mi caso suman, en total, dos semanas, una para mí.
Sigo recordando que, en mi caso, esto es sentencia. ¿Quién dijo que no se pueden meter en convenio estas cuestiones?.
Mis felicitaciones a PulpoPaul, y ojalá todos los padres y madres hicieran lo mismo a la hora de tramitar su separación o divorcio. Me ha venido muy bien su exposición para mi próximo trabajo y tomo nota. Saludos
Otra cuestión. Esta ya relativa a estipulaciones generales que aparecen en el contrato-convenio-sentencia.
“En el período de vacaciones el progenitor custodio deberá entregar el DNI y pasaporte español del menor o menores al no custodio, una vez concluidos estos períodos el no custodio devolverá la documentación del menor o menores al custodio.”
Bien, de esto saben mucho, muchos, sobre todo aquellos progenitores que se quedan con el ticket de avión o el viaje organizado en la mano, porque al custodio no le sale de las “gominolas” dar el DNI o el pasaporte mandando a los nenes indocumentados. Se puede hacer extensible a cualquier período de estancia de los menores con el progenitor no custodio. Se puede incluir la tarjeta individual sanitaria de los menores, en mi caso no es necesario, nuestros hijos están adscritos a mi seguro social, convenio especial emigrantes, tengo originales. De esta manera, no es que se garantice la entrega de esa documentación, pero queda claro lo que va a ocurrir si no se entrega, con base legal clara para exigir responsabilidades.
El que se mencione pasaporte español es porque mis hijos tienen dos pasaportes, español y otro, de su nacionalidad de origen. A mi me vale con el DNI y el pasaporte español para moverme con nuestros hijos donde desee.
Redacción general:
“En el período en el que los hijos comunes permanezcan con el no custodio y al inicio del mismo, se entregará al no custodio, por parte del custodio, de toda la documentación relevante, significativa, a estos efectos, mínimo, DNI, pasaporte y Tarjeta Sanitaria. Al final de dichos períodos el no custodio entregará dicha documentación al custodio.”
A mejorarla. Y, por supuesto, creo, que frente a muchas consultas que se hacen en este foro se verían reducidas las contestaciones a la mínima expresión, ejecución de sentencia o denuncia, sin perjuicio de otras acciones legales.
Creo que no entendí a qué se refería la cláusula de las comunicaciones. Yo las tomé como comunicaciones entre progenitores.
Si se refiere a comunicaciones con los hijos... retiro lo dicho. No se necesita prueba de comunicación para eso. Lo que me parecería absurdo es limitar la comunicación al correo ordinario... vamos, que nos vemos en nada con palomas mensajeras a ese paso...
De todas formas, si era ese el objetivo, a mí me preocuparía más el "cuándo" que el "cómo". Los convenios que he visto también tienen cláusulas de tiempo, más o menos como el régimen de visitas, y suelen suplir a éste cuando la distancia hace difícil mantener unas visitas semanales, por ejemplo.
En cuanto a la regulación de los periodos vacacionales, veo que se repite el formato de las estivales, y me parece muy correcto. El tema aquí está en, como parece indicar ese convenio, reflejar el mayor número de posibilidades festivas para que luego no queden siempre en favor de una parte.
Ahora mismo me estaba acordando por ejemplo del puente de la Constitución. ¿Se refleja ese en su convenio?... hay que tener en cuenta que, al menos en salvar los puentes, en España debemos estar en cabeza. Ni porque caiga una fiesta en Domingo se pierde ;-)
Creo que dado el rumbo que está tomando el hilo debería iniciarse uno con otro título, como "Modelo de convenio de medidas...." o lo que se le ocurra al autor, pero seguir en un hilo titulado "dar el número de teléfono" creo que puede hacer que mucha gente a la que podría interesar pase de largo sin verlo.
Fijaos que cosas tiene la vida que al llevar años acudiendo a un PEF nosotros nos regíamos por las directrices del mismo, por lo tanto, desconozco si lo que voy a comentar era porque no lo 'pedía' el padre de mi hijo o porque el PEF ponía pegas.
Hablando de convenios, con mi hijo mayor así fue, en el mío hace referencia a dos puntos:
- Mitad de puentes para cada uno (nada dice de quien elige ni con cuanto tiempo con antelación lo tiene que comunicar).
- 30 días adicionales a elegir por el padre. (esto lo 'comparo' con los días intersemanales que tienen algunas personas; por compararlo con algo.).
Situación real teniendo yo la guarda y custodia:
- Estando en el PEF, como he dicho, nunca se me ha comunicado nada respecto a los puentes ni a esos 30 días.
- Estando en la actualidad sin PEF, igualmente nada se me ha comunicado sobre puentes o días.
Coincido con Vthor tanto en el tema de abrir otro hilo como en el tema de que si los progenitores se llevan bien, nada pasará y si uno/a la quiere liar, por mucho convenio ajustado, la liará.
Es decir, tener un convenio hecho al gusto evitará una serie de males pero.. ¿quien dice que eso no se vaya a incumplir? Al final, sinceramente, creo que nos vemos en las mismas: Ejecución de sentencia/denuncia en esos casos. ¿En los otros? Modificación de medidas.
Lo que resulta absurdo es que porque venga reflejado algo en un convenio tenga más valor que quien lo quiere especificar después en una modif. de medidas. precisamente por lo que apunté de que los propios niños cambian.
A mí personalmente no me ha pasado pero pongo otro ejemplo:
Un niño que llamara el domingo diciéndole al custodio que se quiere quedar y la otra parte traerlo el lunes a clase.
Yo, personalmente, no modificaría nada porque me parece normal que pasen ese tipo de cosas. No hay más que leer a Pulpo en otros hilos tb hablando de que sus hijos van cuando quieren.
¿Que la otra parte podría querer modificar eso? Sí, claro pero.. al final nos plantaríamos en un nuevo convenio donde ese niño podría cambiar otra vez de idea.
Y, ojo, no digo que los niños puedan hacer lo que quieran pero sí digo, como decía Pulpo, que se llega a una edad 14, 15, 16.. en la que decirle a un crío esto es lo que hay.. pues, hombre.., cuesta.
Vamos, creo yo que todos los que estamos aquí somos mayorcitos ya (al menos de 30 para arriba) y que tire la primera piedra el que hace todo con gusto y agrado y el que nunca se intenta escaquear de algo. ^o^