Saludos a los foristas. Soy un abogado con poca experiencia y quisiera llamar la atención de los presentes con el fin de solicitar ayuda para llegar a buen puerto con respecto un tema.
Se trata de unas previas por daños pendiente de calificar como falta o delito, porque el límite de los 400€ creo que lo supera aunque no por mucho.
Mis dudas son las siguientes, puesto que mi cliente que es el denunciado quiere llegar a un acuerdo extrajudicial.
Si se llega a un acuerdo es posible quitar la denuncia en previas por parte del ofendido?
Si se califica como P.A. es posible quitar la denuncia, o suspender el proceso? o irremediablemente debe celebrarse el juicio?
Es que un abogado me dijo que es posible que se llegue al acuerdo y despues el fiscal de oficio califique como delito, y por tanto deba celebrarse el juicio como P.A. y por lo tanto resulta absurdo ese acuerdo.
Ese acuerdo en el supuesto que suspenda el procediemiento, debe celebrarse con independencia de si es en previas, faltas o delito?
Y claro, los daños son perseguibles a instancia de parte.
algo más, son daños en un vehículo sin que medie circunstancia alguna más.
gracias de antemano
Si es un tema de daños, ¿por qué has aconsejado (se supone) la vía penal? No hubiera sido mejor esperar a intentar negociar la indemnización y, en caso de no llegar a acuerdo, o negarse a satisfacer los daños causados, entonces proceder a la denuncia?. El código penal te da unos pocos meses de margen para ello. ¡Ahora Díos dirá¡.
Saludos D.P.
Yo no aconsejé la vía penal, puesto que yo soy el abogado de la parte denunciada y por tanto iniciado en vía penal, simplemente me vino este chico con su citación en calidad de imputado, declaramos y negamos los hechos, pero él, mi cliente, quiere llegar a un acuerdo, y es ahí donde me surgen esas dudas expuestas, porque me aconsejan que se efectue el mencionado acuerdo en previas, porque desde que lo califique el ministerio fiscal hay que ir a sala, y esa conciliación serviría sólo para reducir la pena. gracias