padre con custodia de un menor, padre fallece y en testamento deja la tutela y en su caso curatela del menor a la abuela paterna(su madre), teniendo en cuenta que esa abuela practicamente ha criado al nieto desde que tenia 8 meeses( ahora tiene 8 años) y que la madre se ha llevado al nenor y no consiente visitas ni comunicacion con su familia paterna,
el menor esta en paradero desconocido para su abuela desde hace 2 semanas.
que posibilidades hay que un juez respete la ultima vokuntad del padre y le otorgue la custodia a la abuela?
Gracias. Pues por el bien del niño ojala te equivoques. La abuela ha solicitado la custodia y en su defecto un régimen de visitas que preveo que la madre no va a cumplir ya que se muda cada pocos meses de ciudad y ahora mismo esta a 300 km de la abuela y mañana quien sabe.
La respuesta de 1996 es tajante y me recuerda bastante a la que recibían muchos padres (varones) cuando pretendían conocer sus posibilidades de obtener la custodia compartida o total de sus hijos ante una separación o divorcio.
Pero como puede comprobar esa situación poco a poco va cambiando precisamente en interés de los propios menores.
Qué un padre tenga durante años la custodia de un menor y se vea en la necesidad de realizar testamento en el sentido que usted nos cuentan ya es bastante significativo e indicativo de la pocoa confianza que en interés de su propio hijo tenía en relación, en este caso, con la madre. Y parece que lamentablemente, por lo que nos cuenta, algo de razón podría tener.
En mi opinión, estos casos deberían girar siempre en torno a lo que es más importante, el interés del propio menor. Es decir, cual sería la situación que le garantiza un mejor futuro, para lo que se debería valorar también cuál ha sido la relación con su madre y la situación actual a su lado, que por lo que nos cuenta tampoco parece muy favorable.
En cualquier caso la decisión del juez va a condicionar, y mucho, el futuro de ese niño. Esperemos que sea la mejor y más acertada.
Un saludo.
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RELACIÓN DE LOS ABUELOS CON LOS NIETOS, TRAS EL FALLECIMIENTO DEL PADRE EN ACCIDENTE.
STS, Civil sección 1 del 14 de Noviembre del 2013 ( ROJ: STS 5469/2013)
Recurso: 731/2012 | Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS
Derecho de los abuelos a relacionarse con los nietos, tras el fallecimiento del padre en accidente. Pernocta de los nietos un fin de semana al mes y una semana al año con los abuelos y tíos paternos, de forma conjunta. La pernocta no puede acordarse con carácter general pero tampoco puede impedirse indiscriminadamente. Art. 160 del Código Civil.