Hola buenas tengo una duda sobre los cursos de empresa,mi empresa a dicho que tenemos que hacer un curso y es obligatorio,nos dijeron hace unos días que se pagaban por ser fuera de horario laboral,pero hoy han ducho lo contrario,que no se pagan ni horas libres,le hemos dicho que su es obligatorio tienen que pagarnoslo y la contestación fue con amenaza(si no hacemos el curso pueden despedirnos)con buenas palabras,que podemos hacer? Saludos
El problema es que en éste país despedir sale casi regalado pero todo dependerá del tiempo que lleven ustedes en la empresa, a mas tiempo mas difícil cumplir su amenaza.
Los cursos, salvo pocas excepciones, son siempre voluntarios y si se hacen fuera de la jornada laboral son h.e. por tanto todo depende de los h... que les echen les planten cara, en primer lugar negándose a hacer el curso y en segundo lugar denunciando a la empresa si no se lo pagan, porque lo que es seguro que ante una demanda en el juzgado se lo pagaran.
Por último, procuren grabar esas amenazas, hacer que se lo vuelvan a decir y tener el teléfono en sistema grabación y luego acudan a inspección de trabajo, presenten denuncia y estarán protegidos contra el despido.
Lo fácil es ceder ante la perdida de los dchos, pero hoy es no te pago h.e. mañana no te doy vacaciones y pasado vas a trabajar al 150 % de la jornada y a cobrar por la mitad de la jornada, no se si me explico.
Gracias jamgpreve,eso tenía pensado grabar la conversación,con más antigüedad como yo y otros empleados de 8 año de antigüedad,en CAso de despido mejor ponerse en manos de un letrado laboralista verdad?
En ppio, no creo que se vayan a atrever a despedir, si encima graban una conversación en la que les dicen que no van a cobrar h.e. y van a tener que asistir fuera de su horario de trabajo al curso si no les echaran pues cualquier abogado lo tiene ganado.
Tb pueden pedir el apoyo a uno o varios sindicatos, a su vez les orientaran a los pasos a seguir.
Por otra parte, deben denunciar tal fechoría ante la inspección de trabajo.
Hola buenas,puedo poner en el papel del curso donde voy a firmar por ejemplo:no conforme por motivo qu la empresa no paga horas extras en curso ffuera de horario laboral y hacerle copias,estaría bien?Saludos
Hola ernestt:
No voy a entrar en si los cursos son obligatorios o no, porque depende del curso, por ejemplo, los cursos de prevención de riesgos laborales si son obligatorios y tambien son oblligatorios cursos de formación por nuevas tecnologías en la empresa (imaginate, que han puesto un nuevo programa informático y por fuerza tienes que saber como funciona, pues es obligatorio).
Lo que está muy claro, es que si los cursos son fueras del horario laboral, la empresa está obligada a pagar las horas que empleas en ese curso, lo dice bien claro el estatuto de los trabajadores en el Artículo 23.1.d
Artículo 23. Promoción y formación profesional en el trabajo
1. El trabajador tendrá derecho:
d) A la formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo. La misma correrá a cargo de la empresa, sin perjuicio de la posibilidad de obtener a tal efecto los créditos destinados a la formación. El tiempo destinado a la formación se considerará en todo caso tiempo de trabajo efectivo.
Zámpale el artículo este, al empresario, a ver que os dicen, jajaj, te saldrá por peteneras como se suele decir en mi pueblo. ¿no teneis o no estais afiliados a un sindicato? os lo digo porque si lo teneis pueden hacer ellos los que hablen con el empresario y entre en razones, mas que nada lo digo, para que nadie de vosotros tenga que ser el cabecilla de grupo y señalarse a la hora de decirle lo del artículo del estatuto., En el trabajo que yo tenía mucha gente te calentaba pero nadie quería ser el que hablara, por eso te comento lo del sindicato.
Hola Carmen 2011 si es de riesgo Laboral,es como usted dice,ahí un cabecilla pero algunos se echa para atrás,estuve hablando con un letrado y le enseñe nóminas y contrato,no m pagan nocturnidad y vio algunos incidentes en la nómina,me a dicho que los demande por lo de la nocturnidad pero mi (miedo) por asín decirlo es que me manden a otro centro de trabajo que está a unos 25 kilómetros de donde estoy ahora,cosa que se me olvidó comentarselo,que creo que lo pueden hacer y si meniego sersería despido de 20 días por año creo,jamgpreve ya me dijo lo de las horas,que tenían qu pagarlas o horas libres por el curso de prevención pero dicen que nada,que no las pagan ni horas libres,aparte el curso coincide con que estoy de vacaciones.
No conozco ni tu convenio, ni tu contrato, ni si has firmado en algún momento, algo sobre movilidad geográfica.
Te explico muchas empresas que tienen varios centro de trabajos, normalmente en los contratos ponen que puede ser trasladado a otro centro de trabajo por motivos:
Técnicas.
Organizativas.
De producción.
Por contrataciones referidas a la actividad empresarial.
Si eso lo dice tu convenio, tu contrato o algún documento que hayas firmado posteriormente a tu contrato, ellos te pueden cambiar de centro de trabajo. Así que mira todo esto que te comento.
Luego en tu contrato, también deberías de mirar, si pone tu horario normal en la semana, en el caso que dentro de ese horario haya horas nocturnas, vas a tener problemas a la hora de reclamar esas horas nocturnas.
Es triste decirte esto, pero estamos en una época que muchas veces tenemos que dar nuestro brazo a torcer para evitar que la empresa nos joda y mas ahora desde la Reforma Laboral, que el que tiene siempre que perder, es el empleado.
Consejo que te doy, Si no tienes claro si pueden o no cambiarte de centro de trabajo y tienes miedo a que por represalia, te puedan enviar a otro centro, yo en tu lugar haría el curso sin cobrar esas horas, total no creo que vayan a ser muchas horas, en tu caso es una jodienda estar de vacaciones y tener que hacer el curso en tus vacaciones, habla con la empresa y dile si es posible hacer ese curso con otro grupo de personas, que no coincida con tus vacaciones.
En cuanto a lo que te ha dicho el abogado sobre las horas nocturnas, antes de hacer nada, que esté muyyyyyyy segurooooo que te pertenece esas horas nocturas, que se lea tu convenio, tu contrato y si has firmado algo.
Ahora eso si, los cursos de Prevención de Riesgos Laborales, son obligatorios tanto para la empresa como para el trabajador, si te niegas a hacer ese curso, luego puede traerte problemas, sobre todo si tienes una accidente laboral, Desconozco que trabajo es el tuyo y que peligrosidad tiene tu trabajo, pero esos cursos son obligatorios.
Así que consulta con la almohada si merece la pena pelear por todo esto que comentas y como tu dices luego por represalia te manden a otro centro, no sé, pero tener que hacer 25 km todos los días uffff para mí sería putada.
Es una ETT que trabaja para un comercio mayorista,tendría que mirar el contrato y el convenio,ahí gente de mi plantilla que a puesto no conforme sobre el curso,en cuanto vacaciones me voy el día 8 y hace una semana que le he pedido vacaciones por escrito porque la verdad no me fío de ellos porque haber si me van a despedir diciendo de que no he ido al trabajo pero me dan largas,me dicen que las han pedido pero no le llegan y mis vacaciones están ya aquí mismo,aparte también le he pedido nóminas y nada tampoco,
Pufff una ETT ? menudos son este tipo de empresas.
Pues has hecho muy bien en pedir las vacaciones concedidas por escrito, porque me imagino que no tendreis en el puesto de trabajo, ni el calendario de vacaciones, ejeje, cosa muy habitual en muchas empresas, aunque es obligatorio, casi ninguna empresa tiene el calendario laboral y de vacaciones.
Así que exige que te den por escrito esas vacaciones, yo se de un caso, que incluso le grabó la conversación de sus vacaciones con el móvil, porque no se fiaba, jejeje, pero mejor por escrito.
En cuanto al curso de Prevención de Riesgos Laborales, ya te he comentado que es obligatorio.
Mira yo no sé si has planificado algo en esas vacaciones, pero si no has planificado nada, yo en tu lugar, si no me da por escrito las vacaciones, el día que empiece las vacaciones iría a trabajar, a ver que te dicen ,ejejejej.
Hay otra formula, pero cuesta dinero, envías un burofax con acuse de recibo, a al empresa que te tiene contratado comunicando que según lo hablado verbalmente con usted, le comunico que a partir del día 8, comenzaré a disfrutar mis vacaciones hasta el día xxxx, en el caso de no estar usted conforme, comuniquemelo por escrito, pero ya te digo un burofax, cuesta dinero, Un fax valdría tambien, pero en un juicio apenas tiene validez, porque no tienes forma de demostrar que lo haya recibido.
Hola Carme,entonces un burofax si tiene validez en un juicio verdad?tendría que mandarlo a Madrid porque aquí en la oficina de donde vivo dicen que no tienen,vaya panda de s.........
Que no tienen el que ??? te refieres para enviarle el burofax ???
No confundas un burofax, con un fax, para recibir un burofax, no necesitas que tengas nada ni en la oficina, ni en tu casa, sin embargo para recibir un fax si.
Te explico un burofax se envía por medio de correos y telégrafos, tu escribes es un folio todos los datos tuyos, del destinatario y el escrito diciendo lo de tus vacaciones, vas a correos y le dices que quieres poner un burofax a tal persona, con acuse de recibo y copia certificada, (te digo que es caro puede costarte todo unos 30 euros) Es una prueba fehaciente de que ha recibido exactamente lo que tu has escrito, por eso tiene validez en un juicio, sin embargo si envias una carta certificada con acuse de recibo, solo puedes demostrar que ha recogido esa carta, pero no puedes demostrar que contenido tenia esa carta, y con el fax normal, solo puedes demostrar que los has enviado pero no puedes demostrar si lo ha recibido y quien lo ha recibido.
Ernestt, ¿tan mal está la cosa con esa empresa como para tener que enviar una burofax, para recordarle cuales son tus vacaciones?
Por qué no coges haces un escrito poniendo que tus vacaciones son de tal día a tal día y que te pongan el sello y firma de la empresa. ¿o es que se lo has pedido y se han negado?
Hola Carme2011 si están de mala manera,tuve un accidente estando de vacaciones la otra vez pasada,cuando me recupere y me si de alta llame a la empresa t me dijeron que perdí la vacaciones,cosa que noes asin porque lo decía mi convenio,llame y se pusieron bastante prepotentes y con chulerías,hable con un letrado laboralista y según el no me están pagando nocturnidad(llevo 8 años en la empresa)y más cosas.....ahora hace unos días le pedí la vacaciones y las nominas y nada,no me contesta y las vacaciones están a la vuelta de la esquina,a un compañero por faltar un día justificado lo despidieron supuestamente por que l empresa iba mal(cosa que es mentira)despido procedente creo,a mi por casualidad, a mi me están diciendo ahora que voy lento(cosa que es mentira).usted cree que me puedo fiar de coger mis vacaciones sin un escrito?y solamente por pedir mis derechos se están portando asín
Si pone usted un burofax diciendo que en tal fecha iniciará usted sus vacaciones si la empresa NO se las deniega, al tener que ser conocedor sel periodo de disfrute con dos meses de antelación, seria una forma de justificarlo, pero eso al fin y al cabo es tomarse la justicia por su mano, posiblemente la empresa intentase un despido disciplinario, no por tomarse las vacaciones, si no por no ir al trabajo y por tanto desobedecer una orden. Mire déjese de tonterías, si ya trata con un abogado que este interponga directamente demanda por vacaciones, como dice que son para el día 8, este procedimiento se resuelve en 5 dias.
El problema seria que reclamar sus dchos le puede traer esos problemas de traslados y demás y por supuesto hoy en día pueden despedir a cualquiera, ademas tratándose de una ETT por eso usted decide pero sepa que el interponer tanto demandas como denuncias le dan una cobertura sobre la empresa por posibles represalias.
No entiendo a que se refiere carme2011, sobre la nocturnidad, el horario nocturno reconocido en nuestro país es de 22:00 a 6:00 y salvo que su cto ya incluya nocturnidad esta debe ser abonada por hora que realice dentro se ese horario, (debe por un lado mirar el convenio de aplicación y ver el precio hora nocturna, ( he visto convenios que como por ley deben pagar nocturnidad y superar lo que marca el ET, como ley de mínimos el ET no pone precio, pues como digo hay convenios que fijan un precio de 1 céntimo la hora, asi que si es asi no merece la pena reclamar nada).
Otro particular es la obsesión de q los cursos de PRL son obligatorios, NO es cierto, los cursos de PRL se deben de dar al inicio de la actividad, ( es decir, a los primeros días de comienzo en el trabajo este realizando por supuesto en horario de trabajo, si no es asi son h.e, se ponga como se ponga la empresa), tb en caso de que haya un cambio tanto de manejo de maquinaria como de métodos de trabajo seria necesario realizar nueva formación en PRL para adaptarse a las medidas de seguridad de ese puesto.
Fíjese que digo necesario o recomendable pero no obligatorio para el trabajador, lo que ocurre es que si es obligatorio para la empresa que los trabajadores tengan esa formación, (si hay una inspección les puede caer el moco), en cuanto a realizarlas en vacaciones, si usted interpone una denuncia ante inspección de trabajo se la cargan, las vacaciones son para desconectar, ademas usted puede tener planeado unas vacaciones para hacer un viaje y resulta que debe perder el viaje porque tiene que hacer ese curso, y por último, alguien ha pensado en qué situación se encontraría usted si yendo o viniendo del curso tiene usted un accdte de tráfico? En que situación se encontraría? Porque esto por un lado seria accdte "in itinere" y por tanto accdte laboral pero por otra parte esta usted de vacaciones, mire si acude a inspección de trabajo y denuncia todas estas tropelías a la ETT le cae el moco y encima a usted le sirve como garantía sobre posibles represalias, si una vez denuncia le empiezan a salir con amenazas de despido o con destinarle en otro servicio vuelve a inspección y denuncia esa situación y les ponen una buena sanción.
Grabe cualquier conversación si se decide a demandar, asi podrá demostrar ese trato vejatorio, deberían tanto usted como sus compañeros afiliarse a un sindicato, les servira de protección así como para estar informado de sus dchos, ( ojo no basta con afiliarse, hay que utilizarlo, yendo y preguntando a estos representantes de los trabajadores).
Para finalizar, tb puede interponer denuncia por esa falta de entrega de las nominas, es un echo del trabajador y una obligación para la empresa.
SMO
Hola ernestt:
Creo que si no te dan por escrito esas vacaciones, yo personalmente no las cogería, ya que tu mismo dices que han despedido a un compañero, con una falta justificada.
Por otra parte, creo que JAMGPREVE, te ha contestado bien claro, que lo suyo ya que esta empresa es como es, todos os unáis y pongais una demanda contra la empresa por todo, horas nocturnas, vacaciones, etc (las vacaciones realmente deberian de saberse sobre el mes de febrero de cada año, o 2 meses con antelación, pero por desgracia casi ninguna empresa tiene ni el calendario laboral puesto en el tablón de la empresa, y mucho menos las vacaciones del año firmadas.
Jamgpreve, sobre la nocturnidad, no todo es blanco o negro, todo depende de que horario tengas puesto en tu contrato (imagínate un recepcionista de un hotel, que hace el turno de noche, pues ese señor no puede reclamar ninguna nocturnidad, porque para eso se le contrató y tiene el sueldo que le corresponde) o una empresa que trabaja tanto de dia como de noche y a ti te contratan para hacer el turno de noche y aparece bien claro en tu contrato el horario , pues lo mismo.
En cuanto al curos de prevención de riesgos laborales, yo no soy experta en nada sobre este tema, pero yo ese curso no lo hice solo antes de comenzar en la empresa, lo hice hasta 3 veces estando en la empresa y el mismo sindicato siempre me decía que era obligatorio, así que no sé ahora quien tiene la razón, vuelvo a decir, no todo es blanco o negro.
En cuanto a negarte a hacer el curso durante tus vacaciiones, efectivamente es ilegal, porque las vacaciones son para disfrutarles, es tal como dice jamgpreve, pero el problema que tienes ernestt que tus vacaciones no las tienes firmada por ningun lado y efectivamente, que pasaría si estando de vacaciones en el desplazamiento desde tu casa hasta el sitio donde se imparte el curso tienes un accidente, pues que la empresa se lava las manos y la mutua también, porque estás de vacaciones y van a decir que eso no es accidente in itinere.
ernestt, lo suyo es que tanto tu como tus compañeros denuncie todo esto, pero cada una que haga lo que quiera, (yo conozco un caso que denunció en la inspección de trabajo cosas parecidas y todavía está esperando a que el inspector de trabajo aparezca por la empresa) espero que no sea siempre igual, pero bueno, los inspectores de trabajo, me da a mi, que hacen la vista gorda en muchas ocasiones, pero mejor intentarlo que no quedarse de manos cruzadas.
Pero cada uno debe de pensar si le merece la pena o no, pelearse por algo, si luego la empresa te va a estar puteando cada dos por tres, aunque según cuentas ernestt ya el puteo existe,
Ernestt tu eres el que tiene que decidir que hacer.
Ahora eso si , digo lo mismo que JAMGPREVE, deberías tu y todos tus compañeros afiliaros a un sindicado y plantearles todos estos problemas con la empresa y que os defiendan con el convenio en la mano y lo que haga falta, incluso hasta ponerles una demanda , si no tenéis a nadie que os defienda la empresa, no va a parar de abusar de vosotros.
Carme2011, Como delegado de personal que soy me he molestado en adquirir formación en todas las ramas del dcho laboral incluida formación en PRL, (tengo el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, la 4ª al no ser médico no puedo acceder a ella), como no ejerzo profesión en la materia se me van olvidando muchas cosas pero algo mantengo, en cuanto a lo que me dices que desde el sindicato te dicne que la formación en PRL es obligatoria, insisto no es cierto, aunque entiendo que desde el sindicato te la recomienden, (para que sepamos como actuar ante la empresa), pero dudo mucho que desde un sindicato te digan que es obligatorio, colaboro de forma activa y con bastante asiduidad con los Técnicos contratados por mi sindicato para defender los dchos del sector del que me ocupo, insisto en que la formación en PRL es obligatoria para la empresa y voluntaria para el trabajador, lo que ocurre que las empresas se exponen a sanciones por falta de formación de los trabajadores y es por ello que intentan obligar a los trabajadores a realziar la formación (ya ves de que forma, sin respetar sus dchos y obligándoles a hacerlo fuera de la jornada y no pagándoles lo que les deben, fíjate a los extremos que llegan a querer que un trabajador en sus vacaciones realice la formación sin tener en cuenta la posibilidad de un accidente en el curso o durante el trayecto, vamos esto o sueltan en inspección de trabajo... de risa).
Por raro que le parezca a usted, solo hay un sector que esta obligado a realizar formación de 20 h al año para conservar el título, o al menos el trabajador esta obligado a solicitarlo a su empresa que les den la posibilidad de real izarlo ya que si lo ha solicitado y la empresa lo incumple si hay una inspección el trabajador no perdería el título, fíjese lo curioso del caso que no son ni policía ni por ej un cirujano que opera en un quirofano no están obligados, ya tienen el título o la carrera y no están obligados a actualizarse, (mire usted que profesiones le pongo como ejemplo que en un solo vuelo se pueden cargar a un montón de personas), sin embargo los Vigilantes de Seguridad, (esos matones de discoteca), obligatoriamente tiene que hacer u curso llamemosle de reciclaje bajo pena de poder perder el título y por tanto no poder ejercer, me dirá usted que médicos, pilotos controladores de aeropuerto y muchas otras profesiones tienen cursos obligatorios, no es cierto, lo que ocurre es que por ej. para promocionar esos cursos puntúan y a su vez según que convenios, gracias a esa formación les sirve para mayor retribución salarial .
Como representante que soy de los trabajadores, yo en mi empresa en el primer comité de empresa exijo por escrito para que así conste en acta, que se de la formación oportuna a cada trabajador, (de esta forma el tramite de solicitarlo el trabajador ya lo cumplo de esta forma para todos y entonces la responsabilidad ya queda a cargo de la empresa).
Usted dice que ya ha tenido que hacer el curso 3 veces, (espero que no haya sido el mismo porque seria una pérdida de tiempo, existe mucha formación, desde Riesgos físicos a Riesgos psicosociales para no tener la necesidad de repetir), como le he dicho es necesario cada vez que se inicie una actividad o se reformen los métodos de trabajo.
En cuanto a la nocturnidad, si me relee ya aclare ese concepto de que si has sido contratado para ese horario no es que no te paguen la nocturnidad sino que ya va incluida esa nocturnidad en el salario base, como el trabajador nos dice que trabaja en u a ETT ero no nos dice ni el horario ni en que trabaja no puedo saber si ya esta incluido en el sueldo, lo que esta claro es que si un abogado le ha dicho que debe reclamar esa nocturnidad doy por sentado que el abogado ya sabe esto.
Al consultante decirle que ya se que es difícil dar pasos en contra de la empresa y menos un trabajador por si solo, por eso le recomiendo que lo hablen entre los compañeros y que se afilien a un sindicato, desde el mismo sabrán como meter mano a la empresa con el mínimo riesgo para los trabajadores.
SMO.
Hola jamgpreve,trabajo de reponedor para un comercio mayorista,mi horario de contrato es de 0030 a 04:30 cosa que me cambiaron como quisieron sin modificar contrato ahora entró de 0200 a 0600,lo que me acaban de decir a todos es que si no hacemos el curso,no podemos entrar en el centro a trabajar,le agradezco toda la información útil que recibo de ustedes.muchas gracias
Ese cambio de horario sin ser acordado es una modifi. sust. de las condiciones laborales, art 41 ET, seguramente ese cambio lo han hecho en ausencia del procedimiento que éste artículo precisa y de los medios de defensa que tienen los trabajadores contra el mismo, art. 41.3 ET, por lo que si no hubiesen pasado 20 días desde ese cambio de horario podrían impugnar ese horario, pero me temo que ha habrá pasado esa oportunidad.
El horario por lo tanto paso a ser su horario legal, por otra parte dicho horario sigue siendo en horario nocturno h las mismas horas por lo que seguramente usted ha sido contratado con el horario nocturno incluido en el salario, (eso debe mirarlo en las condiciones de su cto), por lo que tampoco podrá reclamar la nocturnidad como le ha dicho carme2011.
Dado que es reponedor, (supongo en un centro comercial en el que entre otras cosas manipulara alimentos), seguramente el curso sera para la obtención del título de manipulador, (como no lo tendrá usted si es obligatorio pero no por la LPRL sino porque necesita el título del que carece), pero siguen siendo h.e. y por supuesto, durante las vacaciones no esta obligado a realizarlo, por lo que a parte de acudir a informarse a un sindicato sigo manteniendo que una denuncia ante inspección de trabajo seria la mejor solución al problema.
Debe entender que si no tiene el título que necesita para s profesión es lógico que se lo exijan pero la ETT no puede despedirles por ese motivo sino que antes de enviarles al cliente, (que es quien seguramente lo exigirá para cumplir la normativa), la ETT es quien debe correr con el coste así como con el pago de esas h.e., por lo que una vez realizado el mismo puede interponer reclamación de cantidad para reclamar dichas horas, en cuanto al resto, por ej. la no percepción del recibo de la nómina pueden incluirlo en la denuncia ante inspección de trabajo.
SMO
Entienda que si una empresa reclama para un puesto que se tenga la titulación de FP si no la tiene pes no puede optar a ese puesto, en la misma situación estaría sobre e carnet de manipulador si no lo tiene lo necesita para su trabajo y por lo tanto la ETT, debió exigirlo antes de empezar a trabajar pero ahora no pueden despedirle por no tenerlo deberán darles la posibilidad de formarse.
SMO