Entiendo que el piso era 100% de Marta, y sin hipoteca.
Lo que quieren hacer tus clientes es okupar una casa (el que okupa se hace con la posesion, no con la propiedad) en este caso la posesion no les corresponde a tus clientes sino al usufructuario.
Si Juan pasa de todo, no tendran problemas; si de repente Juan no pasa de todo, o su abogado asi lo aconseja, pues se tendran que ir del piso, dado que aunque son los nudos propietarios el usufructo no les corresponde a ellos.
No es necesario darle a Juan efectivo, se le puede capitalizar el usufructo con un porcentaje del pleno dominio de la vivienda, y ya se cobrara cuando se venda.
O se le puede pagar a Juan una cantidad mensual en concepto de alquiler (como usufructuario, Juan seria el arrendador).
Tengo un tema que no se por donde meterle mano. Vamos a ver si puedo exponer de la manera mas sencilla.
Marta esta casada con juan. no tienen hijos. si tienen padre y hermanos. ella muere y por ley le corresponde a el el usufructo de la mitad de la herencia. loe herederos seria en este caso los padres.
la cosa es que la familia de marta se peleo con juan por motivos personales y no se hablan.
como herencia existe un piso. que estaba ocupado por juan y que abandono al morir marta.
la familia de marta no tiene dinero para pagarle su parte del usufructo y por parte de juan pasa de todo.
el piso en la actualidad esta vacio.
la familia de marta puede ocuparlo? tengo hecha la declaracion de herederos.
que debo hacer? estoy super estancado y el abogadod e juan solo hace darme largas.