Mi suegro falleció 4 meses después de mi suegra. No se había hecho el pago de sucesiones. En su testamento nombrado al contador partidor para gestionar la cuota viudad que corresponda así como la liquidación de bienes gananciales. Corresponde 10 por ciento detodos los bienes de su esposa.
La cuota viudal que tenía el hombre desaparece y pasa a los nudos propietarios mediante consolidación del pleno dominio. No forma parte del patrimonio del viudo, no se integra en su masa hereditaria, sino que dependería del testamento/herencia de la mujer. El que tuviera la parte que fuera en usufructo consolidará su pleno dominio.
La legitima del viud@ siempre es en forma de usufructo. A menos de que se llegue a un acuerdo de "capitalización" de ese usufructo (cambiarlo por parte de los bienes en pleno dominio).
Por consiguiente, si el viudo ha fallecido y no se procedió en su momento a la capitalización, los herederos, que eran nudos propietarios, solo tienen que consolidar el usufructo, pasando a propietarios en pleno dominio.
Necesito que me aclaren la cuota viudal del viudo en este caso es del 10 por ciento. Si ha fallecido legando legitima estricta a su hija. Instituye heredero a su hijo y el tercio de libre disposicion lega a un nieto. El viudo cuando falleció tenía 90 años. La couta viudal del valor de los bienes de la esposa en que porcentaje se reparte. Un saludo y gracias.