En principio parece que ambas casa estan al 50% en propiedad de la madre y el resto enj la comunidad de herederos del padre. Sobre este ultimo pareciera que habria un usufructo perpetuo a vafor de la madre en lo que afectara al tercio de mejora.
En cualquier caso entiendo que si seria imprescindible el acuerdo de todos los herederos y la propia madre.
Reitero que deben acudir a un latrado pues los datos no son precisos ( vecindad etc) y el podra interrogarles mas concisamente y guiar con acierto sus decisiones
Un saludo
¿para poder vender las viviendas tenemos que estar de acuerdo todos los hemanos incluida la madre?,lo digo por si hubiese que pagar una resedencia de mayores se podria pagar con el dinero de la venta poniedolo a nombre de mi madre y no ¿se les puede penalizar a mis otros hemanos por no cuidar ala madre?
La sociedad de gananciales ceso en el momento de fallecer su padre;
Ha habido una sucesion, en la que a falta de operaciones sucesorias estan Ud en copropiedad con su madre en los % correspondientes.
Existen causas de desheredacion muy tasadas que deben ser interpretadas en los litigios de forma muy restrictiva tal como entiende nuestro TS.
En principio parece pues que seria extemporaneo la deheredacion de la sucesion paterna y sera dificil demostrar causas de deheredacion respecto de la madre.
Estan igualmente obligados todos los hijos.
Aconsejarles que acudan a un letrado que con conocimiento de las concretas circuntancias guie su proceder es el mejor consejo
Un saludo
somos diez hermanos/as ,mi madre hay que cuidarla pero solo la cuidamos cuatro ,mi madre es viuda, tiene dos viviendas,en gananciales.Quisiera saber que posibilidades tenemos para hacerles renunciar a mis otros hermanos de los vienes del matrimonio,si es por abandono del progenitor o si hay alguna ley o sentencia al respecto.todabia la podemos tener con nosotros pero si por algun motivo tubiesemos que llevarla a una residencia tendriamos que pagarla los cuatro. Si alguien me puede ayudar gracias