En relación al derecho a la información de los movimientos de las cuentas de la comunidad, en el foro se dice que el administrador no está obligado a enseñarme las cuentas. En un artículo de un periódico y en relación al evento del salón inmobiliario, dice esto:
Quién tiene acceso a la información de la cuenta?
Todos los propietarios de la comunidad tienen derecho a que el administrador de la comunidad les permita el acceso a la información de la cuenta (por ejemplo, los movimientos de ingresos y gastos). Pueden solicitar al administrador que les facilite esa información, o que convoque una junta de propietarios para presentársela.
Última frase.
"Pueden solicitar al administrador que les facilite esa información, o que convoque una junta de propietarios para presentársela.".
NO, no es así, ya se ha explicado que un propietario, no puede pedir cuentas al administrador.
Y en cuanto a que convoque una junta de propietarios, es absurdo, las juntas las convoca el presidente.
Por experiencia le puedo decir que los artículos de los periódicos están plagados de errores de este tipo, escritos por periodistas sin conocimientos, que no verifican los datos. Y que nadie piense que esto es una crítica gratuita a los periodistas, es la realidad.