Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Cuenta corriente a nombre mio, de mis padres e hijas

4 Comentarios
 
Cuenta corriente a nombre mio, de mis padres e hijas
12/01/2011 10:51
Estoy divorciado, tanto mis padres como yo quisieramos abrir una cuenta corriente para ir metiendo algo de dinero para mis hijas.
Pero la duda que nos asalta es que aunque pusieramos la cartilla a nombre mio, de mis padres y de las niñas, si yo falleciera, al ser la madre la custodia y tener la patria potestad y las niñas menores, podria solicitar ese dinero con la excusa de que es para sus hijas menores, sin que mis padres pudieran hacer nada, ya que son abuelos.
12/01/2011 11:01
Eso es. Y sin que Vd. fallezca, si tuviera una necesidad podría solicitar los fondos para cubrirla.
Y a los 18 años las niñas podrían disponer de los fondos. Edad en la que todavia no se tiene una madurez en algunos aspectos.
12/01/2011 18:54
No es el caso pero seguro que si yo entonces quisiera hacer uso de un dinero que tuviera la madre con las niñas, no podria, o me equivoco, que pais ¡¡¡¡¡¡¡¡
12/01/2011 19:03
Y por qué no abres una cuenta a tu nombre junto con tus padres y metes todo el dinero que quieras para tus hijas sin que esté la cartilla a su nombre? Todos en tu casa sabéis que ese dinero es para las niñas y si te pasa algo nadie más que tus padres o familiares podrían tocarlo, o bueno poniéndonos en lo peor tus hijas como herederas...aunque ahí puedes nombrar un albacea (aunque esos son otros temas).
Si no pones el nombre se las niñas tu ex no puede tocarlo.
12/01/2011 21:44
Si abre una cuenta a su nombre y el de sus padres caso de fallecimiento de alguno de estos la tercera parte del saldo se convertiria en herencia suya y de sus hermanos, si los tiene.
Si la cuenta esta a su nombre y ellos como autorizados ese problema no existiria. Por si le pasase algo a usted podria dejar nombrado en testamento a un administrador (o varios) de los bienes que heredarian sus hijas y quizas alguna clausula en la que establezca una edad que considere conveniente para poder acceder a ellos directamente. No se si esto ultimo podra hacerse en todos los sitios, consultelo con un notario de confianza de su zona.

saludos