No solo por llevar sin cobrar tres nominas, que por otra parte es una opción orientativa para los jueces, tb por pagos continuados con retraso.
Lea el art 50 ET.
¿cuándo o dada que situación puedo solicitar la extinción de contrato laboral?
Mi empresa nos pago la nomina de mayo fraccionada una mitad en junio y la otra mitad en julio. La nomina de junio, de momento nos ha pagado la mitad de ella en agosto y posiblemente nos pague la otra mitad en septiembre. En mi trabajo tenemos 12 pagas y lo que vendrían a ser las dos pagas extras están prorrogatadas. Dada esta situación, es posible solicitar la extinción del contrato laboral o a que circunstancia debería aguardar. Tienen que adeudarme 3 meses completos para recién poder hacer algo?