Mi empresa nos pago la nomina de mayo fraccionada una mitad en junio y la otra mitad en julio. La nomina de junio, de momento nos ha pagado la mitad de ella en agosto y posiblemente nos pague la otra mitad en septiembre. En mi trabajo tenemos 12 pagas y lo que vendrían a ser las dos pagas extras están prorrogatadas. Dada esta situación, es posible solicitar la extinción del contrato laboral o a que circunstancia debería aguardar. Tienen que adeudarme 3 meses completos para recién poder hacer algo?
No solo por llevar sin cobrar tres nominas, que por otra parte es una opción orientativa para los jueces, tb por pagos continuados con retraso.
Lea el art 50 ET.