Inmueble, hipotecado, cuando se debe comunicar al catastro el cambio de titularidad?.
Cuando el juez lo adjudica en publica subasta o cuando el secretario del juzgado da testimonio de dicho auto.
Entre ambos han pasado seis meses.
el caso más normal de transmisión es por escritura pública, y ya el notario pasa comunicación a catastro
pero no es el caso de un acto judicial, que es inscribible por sí mismo en el Registro
en teoría, la obligación de comunicarlo corresponde al nuevo propietario, y el plazo creo recordar que es de dos meses
en todo caso, el antiguo propietario puede comunicarlo en cualquier momento