goza pirámide, vaya gusto!!! bromas aparte, no te agobies, pero piensa que a las del pañuelo, no se las vé en las librerias porque en los servicios sociales les llevan los libros nuevitos y tampoco se las ve pagando tributs en hacienda, yo no he visto a ninguna de pañuelo en la cara pagando tributos. ASí que GOZA Y TRANQUILA
Muchas gracias Piramide, yo pensaba que cómo ya nos dieron la tarjeta sanitaria, la cartilla ya no valía para nada, ya que cuando hay que comprar con las recetas el farmaceutico tiene que pasar la tarjeta sanitaria.
No la tiré por tenerla de recuerdo, me gusta guardar las cosas.
Hola Goz:
Cuando dices que "eres ya independiente por aportar la sentencia" a que te refieres con eso?
y disculpa que sea bastante pesada con el tema.
Un saludo
Hola Yamila9:
Cuidado, una cosa es el SIP (que solo sirve para la asistencia sanitaria directa, como ir al centro de salud que a uno le corresponda para que le atienda el médico, o el ir a una Hospital) algo que es unipersonal con tú nombre unicamente, y otra cosa es la cartilla de la S.S. (que por cierto si que es valida, te la piden en los organismos de la S.S., para según que gestiones) en donde a parte del titular estan reflejados los beneficiarios.
Guardarla,porque servir si que sirve.
Un saludo
Ella como viuda sí tiene derecho a pensión de viudedad y seguirá incluida en el régimen de la seguridad social como pensionista por viudedad y tu hija, si es menor de edad en el momento del fallecimiento de su padre(caso hipotético), osea menor de 17 años, tendrá derecho a la pensión de orfandad hasta los 22 años.Y tú eres beneficiaria de la cartilla de la seguriad social por divorcio, no es que seas beneficiaria de él,eres ya independiente por aportar la sentencia, entiendes ahora?.
Hola Goz, en ningún momento dije que mi hija no percibiera la manutención por alimentos, sino que soy yo la que no tiene concedida judicialmente la pensión compensatoria. Es posible que se equivocaran en la S.S. al leer la documentación correspondiente al divorcio, yo desde luego no pienso ir a reclamar, así se queda, como tú muy bien has dicho.
Y bien estoy conforme que ambas mujeres tanto la ex como la actual pueden estar como benficiarios de la cartilla de la S.S., de él, pero esto sera mientras viva él, o cuando fallezca que pasa ahí?
porque si la ex no tiene derecho a la pensión de viudedad, tampoco por lógica debería tener derecho a seguir incluida como beneficiario de la cartilla de él?, hay algo ahí que no termina de encajar, bueno así es como lo veo.
Un saludo
Estas equivocada goz, te digo que mi hermana ha estado en una charla jurídica de este tema y que los hijos pagan con lo que no lesiona la legítica si lo hubiera, si no desde el primer momento paga la seguridad social la viudedad y si hubiera desde que terminan de pagar los herederos con lo que haya empieza la seguridad social a pagar.
Pero veo que no te informas bien y quieres tener siempre razon, es fin, solo te pido que no equivoques a los afectad@s.
L@s que esten en esta situación que se informen y nos diga que le dijeron ya que mi hermana esta muy bien informada y asesorada y es así, como comento.
goz, te comento: no es inducción, porque para inducir tendría que haber sido dirigida a ella en primera persona y no a una tercera persona que no tiene acceso a este hilo. Nada más lejos de mi intención que inducir a nadie a nada malo. Se entra quípara ayudar y si es con buen humor, pues, tant mejor, Pero si he herido tu susceptibilidad, te pido disculpas.
winza, sería muy largo de explicar.Pero no es así como lo planteas,precisamente porque el derecho a la compensatoria no se extingue a la muerte del pagador si no se ha estipulado un cese en el tiempo de ese dereccho, por tanto el derecho pasa a los hijos, si no lesiona la legítima.Entonces les tocaría a los hijos pagarle la pensión a la madre,pero no el estado la de viudedad.Generalmente, salvo que la herencia sea sustanciosa y puedan soportar esa manutención, los demás casos pasan del tema de mantener a la madre con una cantidad fija todos los meses.
Solo he dicho que tengas cuidado con tus palabras, no que esas palabras vayan dirigidas hacia mi persona.Se pueden interpretar como apología o inducción al asesinato.Yo no le veo nada de ironía y si es así, tienes muy mal gusto en el humor,pues ni siquiera se puede englobar en humor negro.
goz estas equivocada con respecto a que si no dice que se extinga a la muerte del exmarido no cobras, la cosa es así veras.
Sí no dice que se extinga y los hijos heredan de la legitima no ponen nada en concepto de pensión para la madre si del resto de la herencia y cuando esta cantidad se acabe si que se hace responsable la seguridad social de dar la correspondiente pensión de viudedad. Es como que mientras que el difunto cuente con dinero paga él, vamos que la parte que le hubiera correspondido a la mujer si no se divorcia se lo dan en forma de pensión compensatoria a la muerte del ex y no se lo queda el resto de los herederos y luego continua pagando la seguridad social.
Lo sé de buena tinta tengo una hermana recien divorciada con pensión compensatoria vitalicia y que no se extingue a la muerte del exmarido y se ha enterado muy bien de todo el tema, creeme.
Jajaj, mejor que estes calladito y que pagues al abogado y al procurador, no sea que te salga el tiro por la culata y al final aparte de cornudo, apaleado.
Es una ironía, que no tiene nada que ve contigo, no sería la primera vez que una mujer envenene supuestamente a su marido para quedarse con todo, así que , como no he personalizado, no tengo que tener más cuidado que tu.