Me gustaría si alguien me podría contestar cuando realmente se considera delito de omision del deber de socorro y cunado te pueden penar por ello. Explicarme claramente los conceptos del Código Penal (manifiestamente desamparado y en peligro grave).
Consiste la acción en no prestar socorro (omisión de) a otra persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, siempre que el auxilio se pueda prestar sin riesgo propio o de tercero, pues en tal caso cesa la obligación.
Socorrer equivale a ayudar con cierta eficacia, (no obstante no está obligado a prestar ayuda más allá de sus posibilidades). Por persona desamparada hay que entender a la que no puede resolver la situación por sí misma.
Peligro es un riesgo probable que pueda percibirse por signos externos.
Manifiesto equivale a patente y claro ; en cuanto a riesgo propio ni de tercero, ha de ser de cierta entidad.
Sólo caben las conductas dolosas. El sujeto ha de ser consciente del peligro, desamparo y necesidad de auxilio.
Para la consumación no es preciso que se produzca resultado dañoso alguno.