El motivo de este correo es para plantear una cuestión que creia tener clara, pero tras una conversación con un compañero me ha generado dudas. La cuestión es la siguiente:
- Un trabajador, por su categoría le corresponde un grupo de cotización 8.
- Por otro lado, según su convenio colectivo, su salario viene establecido como "mensual"
La cuestión es: En su nómina, ¿deben aparecer los días naturales del mes, o deben aparecer por 30 días?
Supongo que dependerá de cada convenio y si en el suyo pone que es mensual, pues será mensual. Creo que los grupos 8,9 y 10 pueden cotizar mensualmente por 30 dias siempre que la empresa estipule que su retribución es fija mensual y cotiza por 30 dias.
Lo subo, a ver si alguien más entendido nos lo aclara.