Aclaro: esa persona es viuda, no tuvo hijos con su difunto marido, ni viven los padres de ambas partes, por ello me ha puesto a mi en el testamento como futuro heredero, (sin no lo cambia, que puede), por ello además me puso de cotitular en una pequeña cuenta bancario. Repito, no hay otros herederos tengan derecho a ninguna parte de la herencia. Saludos
Dice que es vd. es cotitular de esa cuenta, pero no son parientes. Salvo que le nombre heredero en testamento, vd. no tiene ningún derecho sobre el 50% de esa otra persona en caso de que fallezca. Serán sus herederos los que reciban ese dinero y liquide el impuesto.
En cuanto al IRPF, salvo que prueben lo contrario se presupone que son dueños de ese dinero al 50%, y de esa forma lo tienen que hacer constar en sus respectivas declaraciones de IRPF.
Soy cotitular cuenta bancaria con una persona que no es familiar mío. Si esta persona fallece: ¿Debo pagar el Impuesto de sucesiones por el 50% de su parte, o por el total? ¿En el momento que me puso de cotitular debo de declarar la parte del 50% en el IRPF, como incremento de patrimonio o solamente mi parte de los intereses? Saludos.-