Hola, tengo una sentencia de seguridad social contra una Mutua de trabajo ganada, procedo a solicitar la ejecución viendo que no paga, y en el auto del juzgado se ejecuta el títuto por un principal y por una cuantía para costas y gastos, a pesar de no haberse condenado en sentencia a costas, ahora paga la Mutua el principal y me dan traslado para que alege lo que quiera en cuatro días, no se a que se debe que se fije tal cuantí para costas, y no se si debo o no en este plazo concedido solictar que pague tal cantidad que parece que falta. gracias.
token, en ejecución sí que hay costas, por lo que deberás cuantifiar las costas de la ejecución, y el secretario judicial mediante la tasación de costas deberá aproboralas o establecer las que estime oportunas.
El Juzgado en el Auto ya fijó una cuantía para costas, no se en base a que pero la fijo, ¿entonces en este plazo de 4 días que me da el juzgado debo pedir que se abone esa cuantía ya fijada?. gracias.
Cuando se inicia la ejecución, el juzgado prudencialmente fija las costas en el 10% de la cantidad principal, pero, no obsta para que tú las tengas que fijar.