Y explico resumidamente.
El vínculo inicial es mi abuelo y sus dos hermanos: A y B.
A está fallecido, B está vivo y tiene una esposa, de la cual DESCONOZCO si tiene familia (hermanos, tios...). Lo cierto es que NO tienen hijos.
Mi abuelo tuvo una hija única, mi madre, la cual falleció.
Ahora estamos mi hermana y yo.
Mi pregunta es: en caso de que la unidad familiar B fallezca, la herencia ¿qué camino seguiría?
1) Si esposa de B no tuviera familia, mi hermana y yo podríamos solicitar la herencia?
2) Si esposa de B sí tuviera familia, legalmente podríamos reclamar una parte de la herencia?
La rama del hermano de su abuelo no tiene absolutamente nada que ver con la de su hermana y usted. Ustedes heredan de su abuelo en representación de su madre, sin que el hermano de su abuelo y su parentela tengan relación hereditaria ninguna con este asunto. En el caso de que se refiera a un patrimonio no repartido del padre de su abuelo, pasa lo mismo: ustedes representan a sus ascendientes. Descarte todo lo relativo a B.
Gracias por la rápida respuesta.
Pero entonces, si la esposa de B NO tuviera familia, y en caso de que NO hubiera testamento...¿Qué sucede con todos los bienes?
Ustedes no son herederos forzosos de su tío abuelo, por lo que solo podrían reclamar derechos hereditarios en el caso de que él no hubiese tenido descendencia. La familia política no son herederos por lo que, si su tío abuelo no dejó testamento ni descendencia, pueden reclamar lo suyo.