primero de todo pedir disculpas si este tema ya se ha mencionado con anterioridad pero no he sido capaz de encontrarlo, dicho esto, les comento.
Si una vivienda recibida mediante herencia se encuentra en alquiler pero uno de los copropietarios se niega a arrendarla y pide su venta, esta parte puede obligar a las otras partes pese a ser minoria a vender la vivienda? Las otras partes están obligadas a vender la vivienda o bien darle su parte de una posible tasación de la venta de la vivienda?
En caso de no haber entendimiento, ¿cuál sería el proceso?
Sí.
Art.400 del CC: Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común. Esto no obstante, será válido el pacto de conservar la cosa indivisa por tiempo determinado, que no exceda de diez años.
Si no hay ningún pacto previo y voluntario de conservar la cosa común, se puede exigir EN TODO MOMENTO la división de la cosa común; es irrelevante que el condominio (la división de la propiedad) provenga de herencia o por cualquier motivo. Primero se hace a buenas, negociando entre los copropietarios; uno puede pedirle al resto que se venda el bien, comprarles otro o todos los demás su parte, que se venda la propiedad, o lo que vean (también puede venderse la participación a un tercero, pero generalmente a un precio muy inferior). En caso de no llegar a acuerdo para ejercer el derecho a no permanecer en la indivisión, se puede pedir amparo judicial mediante demanda de división de la cosa común. En caso de que siga sin haber acuerdo y a demanda de cualquiera de las partes, se sacará la propiedad a subasta judicial.
Intenten siempre llegar a un acuerdo, ofrézcanle comprarle su parte los demás si están interesados, y si no pongan la propiedad a la venta en el mercado libre, se ahorrarán trámites y problemas y obtendrán mejor precio que mediante la subasta judicial.