Buenos días a t@dos, Hace unos días hize una serie de consultas en este foro que fueron acertada y diligentemente resueltas, pero me quedó una duda que no he podido resolver y vuelvo a plantear.
He pedido el certificado de últimas voluntades a Madrid de una persona fallecida. Solo había hecho un testamento en su vida hace 25 años, y la copia que le dieron en notaría en su día la tengo yo. Por lo tanto, seguro que en el certificado constará este testamento como único y valido.
Mi pregunta es:
Con el certificado de últimas voluntades y esta copia del testamento que tengo vale, o hay que ir al notario para que me de una nueva copia autorizada a día de hoy o alguna otra cosa.
Con eso vale. Desde la fecha del certificado de ultimas voluntades no hay posibilidad de que el causante haya firmado otro testamento diferente, a que no?
El testamento que tu tienes no es una copia autorizada, sino la COPIA SIMPLE que le dieron a tu abuelo hace 25 anos cuando fue a la notaria a hacer testamento, no?
En ese caso me temo que tendras que pedir la copia autorizada, no sea que mediante artilugios mecanicos o manuales alguien haya trapicheado con el documento. Por eso tiene que ser copia AUTORIZADA.
Pense que tu abuelo habia fallecido hacia mucho tiempo y tu pregunta era sobre si la copia autorizada tenia que ser de fecha reciente... perdona.
No te preocupes, solo se equivoca el que hace algo. De todas formas te agradezco la corrección porque iba ya de cabeza con la copia que tengo, asi que esperaré al certificado para ir al notario.
Si eres tan amable a ver si me puedes responder a estas cuestiones que me faltan.
El fallecimiento se produjo en el 2007, en su día pedí varias partidas de defunción que aún conservo, aunque tengan fecha de expedición de hace cuatro años ¿las puedo utilizar ahora para lo de la herencia? yo creo que si pues el hecho del fallecimiento no cambia, ¡pero vaya usted a saber!.
Y una última cuestión, aunque no tenía ningún seguro de vida ¿Es obligatorio pedir el documento que lo certifica??
Las partidas de defunción te valen, puedes aportar una de ellas. Las otras guárdalas, te la pueden pedir también para dar de baja algún contrato que este a su nombre, como los del teléfono.
Lo del seguro es aconsejable pedirlo. En ocasiones hay pólizas de seguro que desconoce hasta el titular, que vienen de contratos como los de tarjetas crédito o cuentas con la pensión domiciliada, etc. y si no lo solicitas, la entidad no paga.
Porqué el registro de la propiedad me pide una copia autorizada del testamento de mi madre y porqué la notaria por expedirlo me tiene que cobrar por algo que en su dia, mi madre ya pagó y que lo tiene ellos como si fuese de su propiedad, cuando en realidad tendria que tenerlo yo, que soy el heredero ? Suena a estafa