UY, uy, ... creo que esto tiene que ver más bien con la responsabilidad de los administradores, en este caso, los miembros de consejo rector que directamente con los cooperativista y la responsabilidad que se determina tanto en hacienda como en la seguridad social, pero de todos modos, tu pregunta es demasiado ambigua para mí.
Hola,soy cooperativista y quisiera saber si las deudas contraidas por la Sociedad COOPERATIVA con la ADMINISTRACION una vez finalizada la actividad por cese de concesion ,pueden ser reclamadas a los cooperativistas