Hola, quisiera saber si al morir un cónyuge que ha testado en favor del otro, algunos hijos pueden pedir "la legítima" o tienen que contar con el consentimiento de todos.
Para reclamar su derecho, los hijos no requieren el consentimiento del resto de herederos.
Ahora bien, considero que antes de actuar hay que estudiar muy bien lo que establece el testamento y las consecuencias que va a reportar la reclamación. Lo digo porque generalmente, cuando se realizan esos testamentos de uno para el otro y viceversa, lo que se está haciendo es otorgando el usufructo universal, y para los hijos queda la nuda propiedad (es decir, sólo tener la condición de propietario pero no poder usar ni disponer del bien). Por ello es por lo que hay que estudiar si conviene o no conviene, a efectos prácticos, reclamar la legítima judicialmente.