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Conveniencia de hacer o no testamento

4 Comentarios
 
Conveniencia de hacer o no testamento
17/02/2013 18:25
Ante todo muchas gracias por crear este portal.
El caso es el siguiente. Matrimonio casado en régimen de gananciales, un hijo y con vecindad administrativa en Cataluña.
¿Qué sucedería en el caso de que uno de los cónyugues nombrará heredero universal al hijo que tienen en común?
Los bienes gananciales que poseen son: vivienda en común, otro piso y un garaje. Además en cónyuge que quiere testar tiene como bien privativo una casa recibida en herencia de sus padres fallecidos.
Decir también que no hay ascendentes de los cónyugues.
Gracias de antemano.
19/02/2013 00:23
Es perfectamente factible, si nombra heredero universal a su hijo cumple con creces la legítima que le corresponde que en derecho catalán es de 1/4 de la herencia. Esto si su vecindad civil y no sólo administrativa es Cataluña. En el caso de que su vecindad civil fuera de derecho común, a pesar de vivir en Cataluña, también respetaría la legítima, que es de 2/3 de la herencia.
Todo ello, sin perjuicio de los derechos del cónyuge viudo.
Un saludo.
19/02/2013 15:59
Muchas gracias por su pronta respuesta. Pero me surge una duda. ¿Cuáles serían los derechos del cónyuge viudo en el caso de nombrar heredero universal al hijo?. Tienen vecindad civil y administrativa. Saludos.
22/02/2013 18:07
Lee, los artículos 452-1 y ss. de la Ley 10/2008, de 10 de julio (los puedes encontrar en el DOGC nº 5175, de 17 de julio de 2008 o en el BOE nº 190, de 7 de agosto de 2008)
DOGC, significa Diari Oficial Generalitat de Catalunya
y BOE, Boletin Oficial del Estado.
Un saludo.
27/02/2013 19:31
Muchas gracias por tu respuesta. Saludos.