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Contrato de alta direccion o no?

1 Comentarios
 
Contrato de alta direccion o no?
09/04/2008 12:49
Estimados foreros:

Mi consulta es la siguiente, es correcto realizar un contrato de alta direccion (RD 1382/1985) a un Director Adjunto-Ejecutivo de Hotel siendo sus funcioness principales las siguientes (segun clausulas del contrato) o puede ser fraude, ya que es una relacion comun:

Contratar personal laboral, en las condiciones que estime conveniente

Planificar y desarrollar la mejor forma de explotacion del Hotel, siempre en interes de la sociedad

Incoar y resolver, todo tipo de expedientes sancionadores para los trabajadores de la empresa.

Representar a la empresa con voz y voto en conferencias, seminarios, etc, ... cuando asista, siempre actuando en interés de la empresa

Autorizar pagos ordinarios de la empresa

Recibir correspondencia, requerimientos y notificaciones que vayan dirigidas al hotel

Realizar cuantas gestiones considere necesarias en interes de la empresa

Cobrar en nombre de la empresa, ingresando inmediatamente en caja el importe

Y en general cuanto sea necesario realizar en desarrollo de las anteriores.

Esta persona no es socio.

Yo entiendo que puede ser fraudulento. ¿Que opinais?

Otra cuestión, cuando se hace este tipo de contrato de alta dirección, como se da de alta en la seguridad social ¿lleva un c.c.c. especifico? ¿cotiza por desempleo y fogasa?

Se ha pactado un contrato de un año renovable año tras año, sin indemnización en caso de no renovar. Textualmente " en el caso de que no se prorrogara el contrato, y en cualquier caso se pacta con el alto directivo, no tedra derecho a cantidad alguna.

Es el tipico hotel regentado por una familia.

Que podeis opinar sobre este tipo de relaciones especiales, que pensais de esta concretamente. saludos y gracias
10/04/2008 13:45
Algun forero que pueda dar su opinión al respecto, muchas gracias, saludos