Creo que se trata de una operación sujeta pero exenta. En principio, según lo que parece, el comisionista mejicano realiza operaciones para ti que eres un exportador ¿verdad?. Creo y salvo mejor opinión que, como he dicho, es una operación sujeta pero exenta, es decir, no tienes que hacer nada
Hola buenos días. Mi pregunta es la siguiente: en un contrato de agencia internacinal, en la que la sede de la empresa radica en España y el agente está en Máxico, ¿la remuneración que recibe por su servicios, en base a comisiónes, está exento el IVA?