Hola Teo: Efectivamente debe contener ese detalle que preguntas.
Entre los contenidos mínimos que deben contemplarse en un contrato de trabajo están:
1. La identidad de las partes.
2. La fecha de comienzo de la actividad.
3. El domicilio social de la empresa y centro de trabajo, donde el trabajador preste sus servicios habitualmente. Se hará constar si el trabajador presta sus servicios de forma habitual o en diferentes centros móviles o itinerantes.
4. La categoría o grupo profesional del puesto que desempeñe el trabajador o la caracterización o descripción resumida del mismo. Deberá redactarse de forma que se pueda conocerse suficientemente el contenido espécífico del trabajo.
5. La cunatía del salario base inicial y los complementos mensuales y periódicos.
6. La duración y la distribución de la jornada ordinaria de trabajo.
7. El preaviso, que en su caso, estan obligados a respetar, tanto empresario como trabajador, para el supuesto de extinción del contrato.
8. Finalmente, el convenio colectivo aplicable a la relación laboral (en función de la actividad de la empresa), precisando los datos concretos que permitan su identificación.
Ante todo enhorabuena por el foro, haceis una labor excelente.
Mi hijo va a empezar a trabajar de conductor repartidor por cuenta de una empresa, quería saber si en el contrato que le hagan tienen que decir el trabajo que desarrolla, osea, conduciendo o por el contrario no ha de hacer referencia a esa circunstancia.
Muchas gracias a quien me pueda contestar.