Los contratos pueden tener la forma que libremente se desee, salvo que por disposición legal se determine una determina. Dicho esto no es más válido o menos un contrato escrito que verbal. La única ventaja del escrito respecto al verbal es la posibilidad de probarlo con más facilidad, pero por lo demás, no.
Saludos.
Conforme con lo que manifiesta antón. Lo único es que para probar que un contrato es verbal te has de apoyar el actos como el pago, recibos, comunicaciones, etc y siempre será una presunción "iuris Tantum".
No obstante, las partes en cualquier momento pueden compelerse a realizar el contrato por escrito.