Buenos días, Tengo un contrato de alquiler con opción a compra la cual ejercí en tiempo y forma, el dueño no se presentó en la notaria a firmar y me ha mandado un burofax diciéndome que quiere rescindir el contrato amistosamente, el contrato ya expiro hace dos meses, pero yo le sigo pagando indicándole en los pagos que es una entrega a cuenta no un pago de alquiler a descontar del dinero de la venta final. Mi pregunta es, ¿debo denunciarlo o esperar a que el me denuncie?, ¿tengo un límite de tiempo para poner una posible denuncia?.
Buenos días, Tengo un contrato de alquiler con opción a compra la cual ejercí en tiempo y forma, el dueño no se presentó en la notaria a firmar y me ha mandado un burofax diciéndome que quiere rescindir el contrato amistosamente, el contrato ya expiro hace dos meses, pero yo le sigo pagando indicándole en los pagos que es una entrega a cuenta no un pago de alquiler a descontar del dinero de la venta final. Mi pregunta es, ¿debo denunciarlo o esperar a que el me denuncie?, ¿tengo un límite de tiempo para poner una posible denuncia?.
Usted tiene derecho a ejecutar ese contrfato. El casero no puede echarse atras asi como asi.
Mi consejo es que el 1 de septiembre vaya a un abogado y demande al casero para "rematar" los flecos que pueda haber.
Si decides no aceptar la rescisión amistosa, es recomendable que respondas al burofax del propietario, reiterando tu voluntad de ejercer la opción de compra y recordándole su obligación de cumplir con lo pactado.
Gracias a todos por sus respuestas, y valoro sus opiniones y el responder con un burofax -por supuesto de un abogado-, pero ya he ido y no me ha aclarado mis dudas, lo único que me ha dicho es que la denuncie, pero yo tengo una duda, y es que ¿como estrategia, a mi legalmente me perjudicaría de cara a un pleito que ella me denunciara antes que yo a ella?, porque si no me perjudica a mi me va bien entregarle a cuenta todos los meses el importe del alquiler hasta completar los 20000 euros que tengo que pagarle por la compra de la casa.
Antes que nada voy a hacerle una pregunta.
De lo que ha escrito creo entender que el precio de la compraventa son 20.000 euros.
Mi pregunta es: ¿tiene usted esos 20.000 euros en la cuenta corriente para poder pagarlos "ya"?
En efectivo no, el banco me concedió un pequeño crédito y el día de la venta en la notaría el banco tenía el cheque para entregárselo, pero la dueña simplemente no apareció, tengo del notario el documento que confirma la incomparecencia de la dueña y que yo actué en tiempo y forma según contrato.
Vale, entonces le respondo a sus preguntas:
1.- demandar antes o después o después o antes no da ni deja de dar ninguna ventaja. Pero en todo caso yo es que no veo con qué motivo va a demandarle el casero. El único que puede demandar es usted y le recomiendo que lo haga el mismo 1 o 2 de septiembre.
2.- Eso de entregarle a cuenta todos los meses hasta completar los 20.000 es mala idea porque no creo que se ajuste al contrato de opción de compra en absoluto. Si es un contrato “normal" lo que debe hacer es demandar ya al casero para ejecutar la compraventa forzosamente.
3.- Además nos dice que ha ido a un abogado y le ha dicho que “denuncie" lo cual es muy lógico. Es exactamente lo mismo que yo le diría, que demanda ya. Yo ya comprendo que a la gente no le gusta ir al abogado tener que pagar una adelante e incluso arriesgarse a una hipotética pérdida del pleito, pero yo, a salvo de que no he visto el contrato, estoy casi al 100% seguro de que lo mejor es demandar, y el hecho de que el abogado al que ha consultado le haya dicho lo mismo sólo viene a corroborar mi anterior opinión.
CONCLUSIÓN: SI LE INTERESA COMPRAR EL PISO INTERPONGA DEMANDA EL MISMO 1 DE SEPTIEMBRE. NO HAGA CÁBALAS Y COSAS RARAS QUE EL DERECHO NO ES COMO PARECE. SU ABOGADO ES QUIEN MEJOR EL PUEDE IR GUIANDO.