Buenas tardes
El contador partidor judicial ya ha agotado los 2 meses que tenía para la realización del reparto y ademàs ha pedido prorroga de 1 mes y sólo se le concedieron 15 días hábiles. Estos 15 días ya han pasado
La respuesta es la siguiente : Puedo demandar al contador partidor por daños y perjuicios por no realizar su trabajo en el tiempo estipulado por el Secretario Judicial ?
Gracias de antemano
Saludos
Debe usted presentar un escrito enfatizando el perjuicio que se le está irrogando con esta dejación, y que se conmine al contador partidor que ejecute su trabajo con todos los apercibimientos legales.