Al fin el notario por la ley 2015 ha nombrado a un contador partidor dativo el cual en primera instancia quiere poner a los inmuebles los valores referenciales de hacienda de la comunidad, yo le he contestado que debe poner los valores de mercado. que plazo tiene el contadoe para enseñar la repartición al notario???
Hola no tenemos acuerdo entre los herederos y nombramos un perito de mutuo a cuerdo, tengo que dejar entrar al otro heredero a casa cuando venga el perito o me puedo negar y dejar entrar solo al perito?
El contador partidor dativo dispone de un año para aportar el cuaderno particional en notaría, a contar desde el día en que aceptó el cargo. Para valorar los inmuebles se exige que se use el mismo criterio para todos, siendo el certificado a efectos del impuesto de transmisiones patrimoniales perfectamente válido, pues la comunidad autónoma no puede hacer una complementaria sobre el valor asignado. El de mercado es una fuente de conflictos siempre. Los herederos tienen cada uno su propia idea sobre el valor de las tasaciones, y las impugnan sistemáticamente, produciéndose con frecuencia el colapso del expediente, tanto en vía notarial como judicial. Si todos son valorados de igual forma por una tercera persona (en este caso, la oficina de Hacienda de la comunidad autónoma), hay un solo rasero y una distribución más equitativa.
Gracias por su pronta respuesta. Me dice el contador que si no estamos de acuerdo con los valores de referencia porque hay dos inmuebles con expediente abierto por haber facilitado al catrasto menos metros de superficie, tendria el que nombrar un perito que cobraria un porcentaje de los valores reales. eso es cierto judicialmente, pero notarialmente creo que no es asi, me lo podia aclarar? muchas gracias
Si estáis todos de acuerdo en que se tasen los bienes de cierta manera no creo que el contador-partidor ponga problemas, los gastos de las tasaciones según valor de mercado los pagaréis vosotros, mientras que obtener el valor de referencia es gratuito. Si no, como dice el compañero, mientras el criterio sea el mismo la valoración del contador-partidor será válida y correcta, aunque siempre tienes la opción de no aceptar la propuesta del contador-partidor, y recurrir a la vía judicial para el reparto de la herencia.