Esto que usted plantea es una cuestión a resolver en la notaría. Pueden hacer una escritura de declaración de herederos porque , aunque se piense lo contrario, la misma está hecha en el sentido positivo de declarar los herederos que constan, y no en el sentido negativo de señalar los que faltan. Vaya a la notaría y organícelo. Quizás pueda nombrar un contador partidor dativo, dependendiendo del número de sobrinos, y, en fin, hay que ver el asunto.
Muchas gracias por tu opinión o consejo, solo que es una persona que tiene problemas psicológicos y prácticamente esta inhabilitada. Es algo que no es viable.
Buenos días. Mi hermana y yo llevamos años cuidando de una tía, hermana de nuestra madre, que esta enferma. Todos sus hermanos han fallecido y no tiene hijos, por lo que entendemos que somos los sobrinos los herederos. Aparte de nosotros, tiene otros sobrinos, los que están desaparecidos, no han vuelto a aparecer desde hace años y se han desentendido completamente de nuestra tía. Me temo que lo único que querrán, el día que fallezca, sera heredar.
Mi pregunta: Tenemos nosotros obligación de buscarles y contactarlos el día en que eso ocurra? Si tenemos que hacer una declaración de herederos o lo que sea, pero no están presentes ni localizados, heredan igualmente. Como va un poco ese tema?. Entenderán que lo que espero es que pierdan su derecho a la herencia, aunque sea por no aparecer, ya que no han aparecido durante todos estos años.
Me pueden informar al respecto?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.