Aplique las cuotas según los coeficientes de participación en la propiedad. Son inimpugnables por ser la Ley.
Si pretenden otra cosa ha ce ser acjuerdo unánime al 100 % , o sea todos, presentes y ausentes.
Tengo libro de actas. Voy a poner anuncios de convocatoria. Celebrada la convocatoria para constituir la comunidad, qué mayoría se requiere?
Tengo que nombrar presidente y secretario no? Y respecto a las cuotas lo tengo que decir en este momento o puede hacerse en otra reunión? gracias