Tengo libro de actas. Voy a poner anuncios de convocatoria. Celebrada la convocatoria para constituir la comunidad, qué mayoría se requiere?
Tengo que nombrar presidente y secretario no? Y respecto a las cuotas lo tengo que decir en este momento o puede hacerse en otra reunión? gracias
Aplique las cuotas según los coeficientes de participación en la propiedad. Son inimpugnables por ser la Ley.
Si pretenden otra cosa ha ce ser acjuerdo unánime al 100 % , o sea todos, presentes y ausentes.