Parece increíble pero le han dejado cancelarla aunque fuera autorizado. (tenemos el certificado). El sitio donde residían es un pueblo, y el hermano que la canceló, aunque era autorizado, hacía y deshacía como si fuera titular.
Si estaba en esa cuenta como autorizado no ha podido cancelarla con lo cual a día de hoy no solo tendrán una deuda con el banco sino que en cuanto muevan el tema se pueden encontrar con la reclamación del importe dispuesto.
La cosa es que de herencia sólo había una cuenta bancaria con muy poco dinero. Uno de los hijos figuraba en ella como autorizado y tenía tarjeta para sacar, y eso hicieron. Sacaron todo el poco dinero que había e incluso canceló la cuenta. Total: que ya no hay nada que liquidar o repartir.
A efectos prácticos, entiendo que carece de sentido hacer dicha declaración de herederos. Pero a efectos legales, esa era mi duda.
Una y muy importante. Sin declaración de herederos no pueden acreditar la condición de heredero de la persona fallecida, y en consecuencia aceptar o renunciar a la herencia.
a su disposición
navarroiuris@hotmail.es
abogado herencias
Cuando hay un fallecido que no hizo testamento y sólo deja a los herederos (sus dos hijos) una cuenta bancaria con muy poco dinero, ¿que consecuencias puede traer no hacer la declaración de herederos?
(Los hermanos tienen un piso al 50% en proindiviso en el que vivía el padre que ha fallecido pues tenía el usufructo vitalicio sobre éste)