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Conmoriencia

8 Comentarios
 
Conmoriencia
11/10/2009 00:18
Hola a todos!!, soy nueva en esto del foro, es la primera vez que participo y os quería hacer una pregunta.
Si el testador muere de forma simultánea con 3 de 4 de las personas que figuraban en su testamento como herederos (que a su vez tienen hijos), les correspondería algo a los hijos de los herederos?, o ya que no se puede establecer quien murio primero, a los hijos de estos no les toca nada?, y la totalidad de la herencia parasaría a ser del heredero que no ha muerto?
No sé si me ha explicado muy bien ya que el tema es un poco retorcido...
Gracias y saludos!!
11/10/2009 20:39
Hola erga,

Hola erga,

Si no es posible establecer el orden de fallecimientos, se presume que murieron al mismo tiempo -conmoriencia- y no se transmiten derechos sucesorios.

Si alguien establece un orden debe probarlo, por los medios de prueba que establece el CC.

En cuanto a los hijos de los herederos, sustituirán a su padre por el derecho de representación -en la linea descendente-

Salvo mejor criterio.

Un saludo,
12/10/2009 09:46
Muchísimas gracias Katia!
Sólo una cosa, para estar segura de que lo he entendido bien.
Cuando dices que no se transmiten derechos sucesorios, es entre fallecidos, por la conmorencia, pero sus descendientes si que pasaríana a ocupar la posición de sus respectivos padres en la sucesión?. Teniendo en cuenta qe el tastador ha muerto en el mismo accidente de forma simultánea con los herderos, heredan los descendientes?.
Gracias.

Saludos.
12/10/2009 10:36
Exactamente erga, no se transmites derechos sucesorios entre ellos, no afectando a los herederos de cada uno.

A ver si con un ejemplo, puede aclararse un poco:
Imaginemos que mueren un padre y un hijo en un accidente de tráfico, sin poder establecerse quien falleció antes, si es posible establecer el orden, no hay problema; si el hijo sobrevive al padre, aunque sea durante unos minutos, si se transmitirían los derechos sucesorios al hijo del padre, pero si no se puede establecer, entra en juego la presunción legal de conmoriencia, entendiendo que fallecen a la vez.

En el ejemplo que hemos puesto al padre le heredarían el resto de herederos forzosos que tenga, es decir, sus otros hijos y al hijo fallecido en ese accidente, sus propios hijos -nietos de su padre-, suceden a su abuelo por derecho de representación del padre.


En el caso que usted plantea, tal vez sea algo más complicado, las personas que aparecen en el testamento ¿son herederos forzosos o no?, si no son herederos forzosos, entiendo que al no exisitr transmisión entre ellos de derechos sucesorios, no sucederían sus herederos.

No sé si lo he liado más, espero que se entienda.

Salvo mejor opinión.

Un saludo,
12/10/2009 14:27
Hola Katia, te explicas my bien y te he entendido perfectamente, creo que soy yo la que ho lo está haciendo bien el todo, por eso te adjunto un poco más de información.

Efectiamente, los herederos no son forzosos.
El testador no tiene familia descendente ni ascendente, ni hermano, sólo tiene un primo segundo (que no ha sido nombrado heredero).

El testador nombro herederos a 4 amigos y 3 de ellos murieron con él en un accidente de forma simultánea.

Por lo que me has dicho, entiendo que los hijos de los 3 herederos que murieron en el accidente, no pueden ocupar el lugar de sus respectivos padres en la sucesión, no?. De forma que todo (el 100% de la herencia) pasaría a ser del único sobeviviente.
Gracias por todo.

Saludos.
12/10/2009 14:55
erga, a no ser que se pueda demostrar que los herederos designados en el testamento -o alguno de ellos- fallecieran con posterioridad al testador, no pueden transmitirles los derechos hereditarios, por lo que el único heredero sería el superviviente, si se presume que todos fallecieron al mismo tiempo, si existiera premoriencia -que alguno de los herederos designados en el testamento, sobreviviera al testador-, en este caso, si existiría transmisión de derechos.

Salvo mejor opinión.

Un saludo,
12/10/2009 16:55
Gracias!!!!

12/10/2009 16:58
Hola Katia,
Sólo una cosita, me podrías decir donde puede encontrar la r
regulación de este tema, a parte del art. 33 CC?
Gracias.

Saludos.
12/10/2009 18:09
erga, el art. 994 y siguientes del CC.

Un saludo,