Ah, ... luego entonces, se ha de vender sí o sí, ¿no es esto? (¿incluso aunque todos los herederos estén de acuerdo en que no se venda, dada la personalidad jurídica propia de la herencia, que hace que la herencia imponga por sí sola?
¿Puede el testador disponer la venta un bien inmueble para el sufragio de las legítimas?. ¿Exige la extinción expresa del condominio previamente con un notario por parte de los legitimarios, o ya lleva implícita la extinción del condominio?. En tal caso, cómo quedaría dispuesto el pago de las legítimas, mediante herencia o mediante legado, o da igual, no tiene nada que ver al haberse ya dispuesto la venta?