señores por favor no discutan,de veras agradezco la ayuda de los dos,porque han demostrado,que tanto uno como otro quieren ayudarme a su manera y buscan lo mejor para mi,acabe como acabe esto,nunca estare lo suficientemente agradecido con ustedes,por que por lo menos me han dado esperanza(algo que necesitaba).gracias a los dos de corazon.OJALA HUVIERA MAS GENTE COMO VOSOTROS,QUE HABEIS DEMOSTRADO TENER VERDADERA VOCACION COMPLETAMENTE ALTRUISTA.algo dificil de encontrar en estos tiempos que corren.
muchas gracias oscarab por tus palabras de agradecimiento, espero que tengas mucha suerte y el indulto prospere, espero que este hilo no decaiga en el olvido, mantenenos informados de cualquier cosa del asunto.
David, yo no participo en este foro para dar lecciones de Derecho a nadie, sino solo para ayudar, en la medida de mis posibilidades, entre las que no figuran el pagarle la multa a nadie.
Imagínate que un día diriges un escrito a un Juez, y le dices: "Juez que te entre en la cabeza", o le dices: "Juez como narices", o le dices "este Juez no se entera, a ver si te enteras". Estas frases las has usado dirigiendote a mí, y son inapropiadas.
Yo no soy Juez. Por ello, y sin intención alguna de darte lecciones de Derecho, voy a recordarte lo que dice el Art. 81 del Código Penal:
Artículo 81.
Serán condiciones necesarias para dejar en suspenso la ejecución de la pena, las siguientes:
1ª) Que el condenado haya delinquido por primera vez. A tal efecto no se tendrán en cuenta las anteriores condenas por delitos imprudentes ni los antecedentes penales que hayan sido cancelados, o debieran serlo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 136 de este Código.
2.ª Que la pena o penas impuestas, o la suma de las impuestas, no sea superior a dos años, sin incluir en tal cómputo la derivada del impago de la multa.
3ª) Que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se hubieren originado, salvo que el Juez o Tribunal sentenciador, después de oír a los interesados y al Ministerio Fiscal, declare la imposibilidad total o parcial de que el condenado haga frente a las mismas.
Como ves, el Art. 81.3 CP admite la posibilidad, de que el Juez, deje en suspenso la ejecución de la pena, después de oír a los interesados y al Ministerio Fiscal, tras declarar la imposibilidad total o parcial de que el condenado haga frente a las mismas.
Por supuesto, se trata de de una decisión libre y potestativa del Juez, que no depende de la decisión del Fiscal, ni de la acusación particular.
Ahora bien, si Oscarab no lo pide, ¿crees que se lo van a conceder? Yo creo que obviamente, no.
Sin embargo, si Oscarab lo pide, ¿crees que se lo van a conceder? Yo creo que sí, si en opinión del Juez, es merecedor de ello, y sobre todo, si su abogado lo pide con el tiempo suficiente, la debida diligencia, con la máxima ética profesional, siempre que previamente, haya acreditado su insolvencia.
flas las pilas estan puestas.otra pregunta.en la notificacion de ingreso en prision(y cito textualmente):por tenerlo acordado,en resolucion de esta fecha,se cita a vd. para que el proximo dia 11 de abril de 2011 a las 10 horas se constituya en prision para el cumplimiento de la pena impuesta apercibiendole que no comparecer,se dara orden de detencion e ingreso en prision.
en SEVILLA a siete de marzo de dos mil once.(los echos se produjeron en sevilla)(yo vivo en gerona hace 4 años,doy por supuesto que me tengo que presentar en la prision de gerona.no?
Oscarab, creo que el ingreso lo puedes realizar en cualquier prisión, no más tarde de la fecha indicada.
¿Has presentado ya la solicitud de suspensión de las penas, con la copia de la solicitud de indulto?
¿Has presentado ya la solicitud de sustitución de todas las penas, por trabajos a a la comunidad?
¿Has presentado ya la solicitud de reducción de la multa, debido al cambio de tu situación económica, y el aplazamiento a 150 Euros mensuales?
Cualquier duda que tengas, además de tu abogado, te la tiene que resolver el Secretario Judicial, del Juzgado que ha ordenado tu ingreso. Yo le llamaría por teléfono, y le preguntaría si se puede retrasar tu ingreso, hasta que el Juez se pronuncie sobre todos tus recursos.
¿Has presentado ya la solicitud de reducción de la multa, debido al cambio de tu situación económica, y el aplazamiento a 150 Euros mensuales?
no es una multa, es una indemnizacion, y pido disculpas si te has ofendido, respecto a oscar, puede ir a la prision que quiera a cumplir la condena, pero luego es la junta de tratamiento de la carcel la que decide si te quedas o te trasladan a otra carcel, imaginate que la carcel de girona esta masificada de internos
buenas tardes ya esta todo entregado flas,por mi parte y mi abogado tambien me ha mandado copia.ahora queda esperar que esto funcione...gracias y no os peleis mas.
señor david y señor flas os adjunto lo que le acabo de proponer a mi abogado que haga(decidme que os parece):buenas noches alfonso,he estado hablando con mi familia
y puedo hacer esto, ingresar 2000 euros y pagar 200 cada mes ,(siempre con el compromiso por escrito del juez que diga que esto me exime de entrar en prision)si me dan esta seguridad y repito POR ESCRITO.
el lunes dia once de abril el ingreso de los 2000 euros esta echo.y a partir de mayo los 200 euros cada mes.
me comprometo y firmo lo que haga falta.
habla con la acusacion o con quien sea(yo ya mas no puedo hacer).
espero respuesta.
osarab es una posibilidad de eludir la prision, pero esta en manos de un juez de que ceda a tus propositos de pagar la cantidad que has mencionado, ¿pero porque no lo haces lo antes posible?, si es asi que vas hacer lo que dices espero que el juez ceda y te suspenda la pena de prision, espero que tengas suerte y no entres en prision.
david,bajo mis posibilidades,creo que es una oferta mas que razonable,si no la quieren cojer yo ya mas no puedo hacer(que no se diga que no lo he intentado).por otra parte necesito que eso me lo digan por escrito(si no,no hay tu tia)por que las palabras se las lleva el viento,si no mira lo que me dijo mi abogado:En principio, si no tienes antecendentes penales, se debe acordar la suspensión, ya que la pena es de dos años y está en el límite para acordarla. Por ello, entiendo que no debes preocuparte por el tema del ingreso en prisión.
Una vez que la Sentencia sea firme (lo será cuando se resuelva el Recurso de Amparo) se inicia la fase de cumplimiento de dicha sentencia, de ejecución de la misma. Se llama FASE EJECUTORIA. En esa fase ejecutoria es cuando hemos de presentar la suspensión de la ejecución. No obstante, yo la voy a solicitar ya. Estamos en plazo. De mi escrito le darán traslado al Ministerio Fiscal, que tambie´n habrá de pronunciarse sobre el mismo. Después, resolverá la Audiencia.
(y mira como ha acabado la cosa,a si que yo ya no me fio ni de dios)
solo tienes que pedir el indulto que aunque no te lo concedan tardara en resolverse 6 meses o quizas mas
despues solicitas al juzgado que te ha condenado en este caso creo que la audiciencia provincial la suspension de la entrada en prision mientras no se resuelva el indulto
La Audiencia no tiene obligacion de suspender la entrada en prision mientras espera por el indulto pero siempre lo suelen hacer aunque no esten obligados
tambien puedes decirlos que mientras se espera el indulto tu puedes pagar la responsabilidad civil
despues en los meses que estas esperando el indulto vas pagando los 2.000 Euros los 200 mensuales cuanto mas pagues mejor
y cuando te nieguen el indulto (muy probablemente no te lo van a dar) ya tienes una parte pagada de la responsabilidad civil,
en ese momento no creo que hubiera ningun problema para que el juez te concediera auto de suspension con el resto de la responsabilidad civil pagada a plazos porque ya habrias demostrado mas de que sobra tu buena intencion
el unico problema que veo yo aqui es que el juez quiera suspender la entrada en prision mientras se tramita el indulto porque aunque lo suelen suspender en tu caso puede decir que el indulto no te lo van a dar al no tener pagada la responsabilidad civil
pero si te lo suspenden mientras se espera el indulto y tu vas pagando poco a poco mas los 2.000 euros no deberias tener ningun problema para finalmente que te dieran la suspension de la condena o remision condicional y finalmente no llegar a entrar en prision
MUY IMPORTANTE TRES PASOS:
1. Pide el indulto
2. Solicita a la audiencia que mientras esperas el indulto se pare la entrada a prision (esto no es obligotorio pero probablemente lo concederan)
3. Empieza a pagar lo antes que puedas da igual lo que diga el juez o lo que tengas por escrito o no tu paga lo antes posible para que se vez tu buena voluntad.
Si haces todo esto igual es probable que te libres de entrar a la carcel.
muchas gracias mark,el indulto ya esta presentado,y la solicitd a la audencia pàra que se pare la entrada en prision tambien.ahora falta que la concedan(que no la cocederan)agradezco mucho la ayuda de todos de veras.pero siendo sincero esto no tiene pinta de acabar bien.de mi abogado no se nada desde ayer que le mande diez emails dandole todo tipo de indicaciones,hoy le he mandado otros tantos y veremos si mañana me contesta...por mi parte ya he seguido todos vuestros consejos,pero he perdido toda esperanza.
Oscarab, como ves, todos opinamos más o menos lo mismo. Tienes buenas posibilidades de que te concedan la suspensión. Pero no es seguro.
Por ello, yo en tu lugar, ingresaría hoy mismo, los 2.000 euros que dices que puedas pagar, en la cuenta de Banesto que te habrán indicado en el Juzgado, y acto seguido, enviaría por telefax, copia de la misma, al Juzgado de Ejecutorias, informando de tu compromiso, de pagar 200 euros cada mes.
No estás en condiciones de exigir nada al Juzgado, sino al contrario de cumplir las órdenes que te den.
El recurso de amparo, no paraliza la ejecución de una sentencia firme. Solo la suspensión, o la sustitución, te pueden librar de ingresar en prisión.
El indulto es muy dificil que te lo concedan, pero efectivamente, puede retrasar la ejecución, si así lo acuerda el Juzgado, siempre que lo hayas pedido.
La suspensión o la sustitución, son potestativas para el Juez, y es muy probable que te lo concedan.
Para concedertelo, lo que más tendrán en cuenta, serán tus antecedentes, tu peligrosidad, y tu voluntad de pagar la responsabilidad civil, dentro de tus posibilidades reales de pagarla. No dudes que pedirán informes a Hacienda para averiguarlas.
Oscar, ya veras como si que te la van a conceder y se paralizara la ejecuccion
TEN FE !
ahora tendras unos meses para estar en tu casa con tu familia, estate tranquilo y empieza a pagar lo antes que puedas ingresa lo que puedas en el banesto de los juzgados y adjunta los ingresos al juzgado lo que vayas pudiendo sea mucho o poco (cuanto mas mejor)
buenas tardes señores y muchas gracias(no puedo mas)voy a colgar lo ultimo que me ha dicho mi abogado:Oscar, sobre lo de que la presetnación del indulto para inexcusablemente la entrada en prisión, te pongo en conocimiento que lo dudo mucho. No sé de quién te estás asesorando, pero por tu salud mental, te aconsejo que no te hagas ilusiones. Ojalá sea así en tu caso. Yo acabo de presentar en la Sala la solicitud de la suspensión hasta que se resuelva. Veamos el resultado.
He vuelto a hablar con el Magistrado ponente para proponerle el acuerdo de 2.000 € ahora y 200 € al mes. Me remite a la letrada de la acusación particular. La he llamado y ha quedado en contestarme mañana, pero no me dado muchas esperanzas.
Te tendré informado. Ruego, por tu salud, no te dejes asesorar por quien no tenga mucho conocimietno de esto. De la literalidad de la ley a su aplicación práctica va un trecho. Como te digo, yo tengo documentados todas nuestras peticiones y todas las respuestas de la Sala, a disposición de la persona que te asesore. Cuando te dicen "esto es así" puedes comprbar que, en la práctica, no lo es.
(muchas gracias flas,david y mark ,dedicare estos ultimos dias a estar con mi familia)
Me solidarizo completamente contigo oscarab, creo que eres una victima de una mala praxis y poca profesionalidad por quien te ha llevado tu caso.
Es realmente triste que desde un principio un abogado tire la toalla dejando a su defendido en el mas absoluto olvido como es tu caso, y desde luego que de la " literalidad de la Ley a su aplicacion práctica hay un trecho", pero es ahi donde tiene que actuar él, manteniendote informado, siguiendo los procedimientos copando y agotando todas las vias judiciales posibles para impedir tu ingreso en prision.
A mi parecer aqui nadie ha estado dando falsas esperanzas,y mucho menos se ha dado informacion erronea o con intención de confundir, es muy encomiable toda la informacion aportada por foreros como flas, david, mark etc.
Siento mucho no poder aportarte mas de lo que ya otros compañeros han mencionado, sólo puedo darte mi humilde apoyo, solidaridad y animo tanto para ti como para toda tu familia, mantennos informados y pase lo que pase nunca te des por vencido, un fuerte abrazo.
Por lo que parece el problema es que el juez no te concede el acuerdo para pagar la responsabilidad civil porque obviamente la otra parte se opone al acuerdo.
No te des por vencido a ver si el juez se porta bien y te concede la suspension de la ejecucion hasta que se resuelva el indulto y tu en este tiempo puedes pagar la responsablidad civil
como te ha dicho tu abogado que ES LO MISMO QUE TE HEMOS DICHO NOSOTROS el indulto no para obligatoriamente la ejecucion de la sentencia esta todo en manos del juez pero vamos que por lo general los jueces no son tan malos como para no aceptarlo por mucho que lo dude tu abogado es mas sobre todo si tu abogado le dice que durante el tiempo de resolucion del insulto vas a poder pagar parte de la responsablidad civil
os adjunto el ultimo correo que le he mandado a mi abogado:buenas tardes alfonso y muchas gracias por todo como siempre,prometo no llenar mas tu bandeja de correo,ya asumo lo que va a pasar,es cierto que en la ley como bien dices del dicho al echo hay mucho trecho(la gente que me ha intentado ayudar,solo trataba de darme esperanza y buscaban cualquier argucia legal,para que yo no perdiera la fe)tambien es cierto que nunca se sabe lo que va a pasar(todos pensabamos que esto no iva a ocurrir incluido tu mismo y a ocurrido)te adjunto un correo tuyo para darme cuenta de que cuando se hacen planes es muy posible que salgan mal.por lo menos lo hemos intentado alfonso,y jamas te estare lo bastante agradecido por todo lo que has hecho por mi.(cuando sepas algo por favor dimelo)
Oscar, soy Alfonso tu letrado de oficio de Sevilla.
Comprendo perfectamente tu ofuscación y preocupación en el asunto éste. Ayer estuve de guardia en el Colegio de Abogados y no llegué por el despacho. Ahora he abierto los correos y paso a contestarte. Ayer me llegó la copia por fax del recurso de amparo. Voy a preparar la suspensión de la ejecución aportando éste.
En principio, si no tienes antecendentes penales, se debe acordar la suspensión, ya que la pena es de dos años y está en el límite para acordarla. Por ello, entiendo que no debes preocuparte por el tema del ingreso en prisión.
Una vez que la Sentencia sea firme (lo será cuando se resuelva el Recurso de Amparo) se inicia la fase de cumplimiento de dicha sentencia, de ejecución de la misma. Se llama FASE EJECUTORIA. En esa fase ejecutoria es cuando hemos de presentar la suspensión de la ejecución. No obstante, yo la voy a solicitar ya. Estamos en plazo. De mi escrito le darán traslado al Ministerio Fiscal, que tambie´n habrá de pronunciarse sobre el mismo. Después, resolverá la Audiencia.
Oscarab, estoy completamente de acuerdo, con lo que ha dicho suum_quique_tribuere, 3 mensajes más arriba. Ha dicho literalmente que: "Me solidarizo completamente contigo oscarab, creo que eres una victima de una mala praxis y poca profesionalidad por quien te ha llevado tu caso".
Yo voy un poco más lejos, y creo que también has podido ser víctima de una mala praxis judicial, ya que creo que se han cebado contigo, sin merecerlo.
Y lo digo, porque me da la impresión, a riesgo de equivocarme, e intentando respetar al máximo tu honor e intimidad, (puedes corregirme si quieres), de que 2 dientes rotos, no se merecen 2 años de prisión, ni 7.800 euros de indemnización, en las circunstancias, que creo que pudieron producirse los hechos. Los jueces y fiscales en este país, deberían de pasar controles psicológicos periódicos,
porque la labor que desempeñan, no puede dejarse en manos, de alguien que solo ha aprobado una oposición memorística, en la que no se valoran las aptitudes humanas del opositor.
Oscarab, si al final no puedes evitar el ingreso en prisión, yo en tu lugar, pondría la sentencia en conocimiento de la prensa y la televisión. Creo que la vergüenza que sentirán muchos jueces y políticos, al ver en la tele, los abusos judiciales que se cometen, les obligará a concederte el indulto.
La prensa es el cuarto poder, y es al que más temen los jueces y los políticos.
Por cierto, ¿presentaste recurso de casación ante el Tribunal Supremo, antes del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional?