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concurso en liquidacion

11 Comentarios
 
Concurso en liquidacion
06/02/2015 21:00
Hola buenas, somos una sociedad francesa liquidada en 2013. Sufrimos en el 2008 un concurso de acreedores de una empresa espanola dejandos a dever 76899 euros, ahora los administr han liquidado la empresa concursada y nos tocaria q nos pagaran un 25% de la deuda, estando disuelta nos pagaran? Q documentacion legal nos pediran? Donde viene reflejado q documentos necesitamos ? Gracias
07/02/2015 12:56
Buenos días, Heren, si fuera una sociedad española, aún después de extinguida el liquidador conserva su representación, a efectos de cobrar un activo sobrevenido como ese pago inesperado.
Si en derecho francés es igual, deberá acreditarlo con los documentos mercantiles correspondientes.
Saludos,
15/02/2015 14:00
muchas gracias, no obstante que es legalmente lo que piden los administradores concursales para pagarnos el talon ? biene reflejado en alguna ley sobre que documentacion ? podremos dar un poder a una persona para que nos recoja que entregue dicha documentacion y recoja el talon ?, los administradores nos estan poniendo muchas pegas sobre dicho poder. gracias.
15/02/2015 15:20
De nada, Heren, ignoro qué problemas les ponen (le reitero que la ley aplicable a su sociedad liquidada es la francesa), así que no puedo ayudarle aquí, pero puede contactarme a través de mi perfil si desea que intervenga y contacte con los administradoes para solucionarlo.
Saludos,
15/02/2015 17:46
gracias, si fuese espanola la empresa que documentacion piden (estando liquidada o dada de baja ), los administradores concursales ?

grac ias.
15/02/2015 19:53
Pues, como mínimo, la acreditación del nombramiento del liquidador y su inscripción registral, ya que es el único que puede actuar en nombre de la sociedad.
Si no les basta con la escritura registrada, entonces con un certificado registral. Si fuera igual en Francia, legalizado con la Apostilla y su traducción jurada.
Saludos, quedo a su disposición para facilitarle los trámites.
15/02/2015 20:04
Y, si se trata de otorgar un poder para cobrar, entonces el liquidador deberá firmarlo ante un Notario francés que acredite su cargo en la sociedad (por el registro mercantil francés), apostillarlo y traducirlo.
En cualquier caso, lo que pidan los administradores.
Saludos de nuevo,
17/02/2015 21:50
pero un poder estando la empresa liquidada no se puede hacer ?,ni en espana, si un poder del administrador que fue de la empresa liquidad ?
18/02/2015 06:19
En España, sí: una sociedad liquidada mantiene su legitimación procesal, por tanto el liquidador puede otorgar un poder para pleitos.
Saludos,
18/02/2015 08:05
muchas gracias, si quieres dame tu correo y nos ponemos en contacto contigo para que lo gestiones.
18/02/2015 08:33
Con mucho gusto: jr.pomar@espadagerlach.com
Saludos,
10/03/2017 20:29
Pomares
Hola, Heren, la Procuradora ha recibido otro cheque, ruego contactar (he perdido datos privados)