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con o sin poder

5 Comentarios
 
Con o sin poder
27/09/2014 20:12
interpuesta querella, se observa falta poder y apud acta,, dan 10 días subsanacion, si pasado el plazo no se aporta,.. ¿puede admitirse igual?
28/09/2014 21:10
Si es un delito perseguible de oficio pueden seguir tramitando como denuncia. En caso contrario procede su archivo. Salvo mejor criterio.
29/09/2014 10:11
Estoy con el compañero.
29/09/2014 10:12
Además tendrás que tener en cuenta que para la querella se necesita poder especial.
06/10/2014 20:24
Gracias lucky y AR..

En este supuesto, si la querella es admitida sin esos requisitos, que, como bien dice AR.abogada , es necesario un poder especial, siendo resuelta por el jzugado, emitiendo resolución,
¿qué responsabilidad adquiere el juez o secretario? Todo ello sin perjuicio de los recursos para anular dichas actuaciones, interesa conocer la responsabildiad del juzg. per se.
Muchas gracias.

07/10/2014 08:33
Quizá podrías solicitar una indemnización por mal funcionamiento de la administración de la justicia. No creo que haya ningún tipo penal en la actuación del Juez o del Secretario.

Con la nulidad de actuaciones creo que es suficiente.