Quizá podrías solicitar una indemnización por mal funcionamiento de la administración de la justicia. No creo que haya ningún tipo penal en la actuación del Juez o del Secretario.
Con la nulidad de actuaciones creo que es suficiente.
En este supuesto, si la querella es admitida sin esos requisitos, que, como bien dice AR.abogada , es necesario un poder especial, siendo resuelta por el jzugado, emitiendo resolución,
¿qué responsabilidad adquiere el juez o secretario? Todo ello sin perjuicio de los recursos para anular dichas actuaciones, interesa conocer la responsabildiad del juzg. per se.
Muchas gracias.